MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Santa Inés Limitada

RUT 79943780-5 CVE 1562188
Fecha instrumento
11 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de febrero de 2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la 8a Notaría de Santiago, domiciliado en Catedral 1009, piso 18, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 11 de Febrero de 2019, ante mí, María Inés del Carmen Ariztía Benoit, María Inés, Victoria, María Magdalena, Amelia, Fernando, Teresita y Sofía, estos últimos todos Campino Ariztía, todos Fundo Santa Amelia, Camino La Lumbrera de Puangue, Parcela 42, Melipilla, Región Metropolitana, modificaron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social “Inmobiliaria Santa Inés Limitada”, constituida por escritura pública 04-05-1989 ante Notario Melipilla Eduardo Araya Rojas, extracto inscrito fojas 25 vuelta N°27 Registro Comercio, Conservador de Comercio Melipilla año 1989, modifican artículo cuarto de los estatutos sociales, relativo a la Administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social que se reemplaza por el siguiente: Artículo cuarto: la Administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a uno cualquiera de los señores FERNANDO CARLOS CAMPINO JOHNSON y MARÍA INÉS DEL CARMEN ARIZTÍA BENOIT actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y también a MARIA INES CAMPINO ARIZTIA y VICTORIA CAMPINO ARIZTIA, estas dos últimas debiendo actuar ambas en forma conjunta, quienes podrán actuar a nombre y en representación de la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, se deja testimonio que las facultades del administrador comprenden, entre otras, las que señala la escritura extractada. Responsabilidad personal de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado permanece vigente estatuto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2019.- Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.