IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FABIOLA ANDREA PÉREZ PAREDES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2019
- Notario
- Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- Titular de la 27º Notaria de Santiago don Eduardo Avello Concha
- Comuna
- Santiago don Eduardo Avello Concha
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de San Bernardo, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Es el ejercicio de la actividad comercial en su forma más amplia y, en especial, la compraventa, importación, exportación, intermediación, transporte, distribución, y comercialización de artículos eléctricos, insumos industriales, repuestos de maquinarias, muebles en general y de toda de bienes, corporales o incorporales, muebles por destinación, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas en la actualidad o en el futuro; y la realización de cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores
Administración
La sociedad será administrada por un directorio de tres miembros elegido por la Junta de
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Fabiola Andrea Pérez Paredes | socio | 11694777-3 | — | — | |
| Alexis Reinaldo Peña Hermosilla | socio | 12355636-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la 27º Notaria de Santiago don Eduardo Avello Concha, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico por escritura pública, hoy ante mí, con fecha 11 de Diciembre del 2018, los señores Fabiola Andrea Pérez Paredes, CI 11.694.777-3 y, Alexis Reinaldo Peña Hermosilla, CI 12.355.636-4; ambos domiciliados en calle Carlos Durán Sottolicchio 1446, comuna de San Bernardo, la primera en su calidad de constituyente de IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FABIOLA ANDREA PÉREZ PAREDES E.I.R.L., sociedad inscrita a fojas 115 vuelta, número 94 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 2007, transformaron la naturaleza jurídica de la misma, desde empresa individual de responsabilidad limitada, a sociedad anónima, a la cual se incorpora en la constitución de ésta, el otro compareciente, los estatutos de la sociedad transformada, se extractan como sigue: NOMBRE o RAZÓN SOCIAL: Semat Sociedad Anónima; DOMICILIO: Ciudad de San Bernardo, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el directorio decida establecer en otras ciudades del país. DURACIÓN: Indefinida a contar del otorgamiento de la presente escritura OBJETO: Es el ejercicio de la actividad comercial en su forma más amplia y, en especial, la compraventa, importación, exportación, intermediación, transporte, distribución, y comercialización de artículos eléctricos, insumos industriales, repuestos de maquinarias, muebles en general y de toda de bienes, corporales o incorporales, muebles por destinación, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas en la actualidad o en el futuro; y la realización de cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un directorio de tres miembros elegido por la Junta de Accionistas. CAPITAL: De acuerdo al artículo cuarto transitorio, el capital social fijado en el artículo 5º de $2.000.000,- se divide en 2.000 acciones, sin valor nominal, que los comparecientes suscriben y pagan en la siguiente forma: (A) Fabiola Andrea Pérez Paredes, ha suscrito y pagado 1.000 acciones por un valor de $1.000.000,- al enterar el capital social de la empresa individual de responsabilidad limitada que se transforma y, (B) Alexis Reinaldo Peña Hermosilla, suscribe y paga 1.000 las acciones por un valor de $1.000.000,- en este acto, en dinero efectivo, los que ingresan a la caja social. Se Faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y/o de su extracto, para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones pertinentes en el Conservador de Bienes Raíces que corresponda. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 27 de Febrero 2019.