CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA E INVERSIONES ESMERALDA LIMITADA

CVE 1561844
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
Titular 27º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
10 años renovable, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si el socio no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, 30 días antes del final del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto tanto en Chile como en el extranjero: Inversión en toda clases de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de cualquier naturaleza que estos fueran, administrarlos y percibir sus frutos; comprar, vender, arrendar, constituir y efectuar bajo cualquier forma la explotación de estos, tales como títulos de inversión, instrumentos financieros, valores y acciones y formar parte en todo tipo de negocios o sociedades sean estas de personas o capitales aunque su giro sea distinto de éste. Para cumplir con su objeto la Sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto y realizar toda otra actividad conexa, complementaria o relacionada con las anteriores y todas aquellas actividades que los Socios determinen de acuerdo a la ley y sin limitaciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular 27º Notaria de Santiago, de don Eduardo Avello Concha, Orrego Luco 0153, Providencia, Certifica: por escritura pública de fecha 08 de Marzo 2019, ante mí, doña JOLIMAR PEREZ HENRIQUEZ; y doña CARMEN ISABEL QUEZADA PEREZ, ambas domiciliadas en Sierra Esmeralda número tres mil novecientos ochenta y siete, comuna de Peñalolén, Santiago, constituyeron Sociedad Comercial de responsabilidad limitada: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto tanto en Chile como en el extranjero: Inversión en toda clases de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de cualquier naturaleza que estos fueran, administrarlos y percibir sus frutos; comprar, vender, arrendar, constituir y efectuar bajo cualquier forma la explotación de estos, tales como títulos de inversión, instrumentos financieros, valores y acciones y formar parte en todo tipo de negocios o sociedades sean estas de personas o capitales aunque su giro sea distinto de éste. Para cumplir con su objeto la Sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto y realizar toda otra actividad conexa, complementaria o relacionada con las anteriores y todas aquellas actividades que los Socios determinen de acuerdo a la ley y sin limitaciones. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD COMERCIAL INMOBILIARIA E INVERSIONES ESMERALDA LIMITADA. nombre de fantasía "INMOBILIARIA E INVERSIONES ESMERALDA LIMITADA". La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña JOLIMAR PEREZ HENRIQUEZ, quien para obligar a la sociedad deberá anteponer a su firma la razón social , según facultades pacto social. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.- de pesos, que se enteran por los socios de la manera que a continuación se expresa: UNO) Doña JOLIMAR PEREZ HENRIQUEZ, aporta la suma de $500.000.- pesos en dinero efectivo ingresados en este acto en la caja social. DOS) Doña CARMEN ISABEL QUEZADA PEREZ, aporta la suma de $500.000.- pesos, en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. DURACION: 10 años renovable, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si el socio no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, 30 días antes del final del respectivo período. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago 11 Marzo 2019.