INVERSIONES MOREMAQ SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Titular Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 18 de febrero de 2019, ante mí, don EDUARDO FRANCISCO LASTRA HENRÍQUEZ, con domicilio en Los Turistas número 0561, Recoleta, Santiago, suscribió Escritura Pública de Modificación Social, Designación de Administrador y Saneamiento, esto último, respecto de la Escritura de Constitución de INVERSIONES MOREMAQ SpA, la que se suscribió con fecha 10 de julio del año 2018, otorgada ante esta misma Notaría; la que fuere inscrita a fojas 56.494, número 29.043, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciocho, y que se publicó en extracto, en la edición número 42.121, del Diario oficial de fecha 01 de agosto de 2018, Rol Único Tributario 76.917.348-K, capital de $1.000.000.-. La referida modificación consiste en que se modificó el texto del Artículo Décimo Cuarto, del Título Cuarto de los estatutos, en el sentido de que, a contar de la fecha de la modificación, la sociedad será administrada por uno o más administradores, siendo necesario, sólo en este último caso, que actúen de manera conjunta. En razón de lo anterior, toda referencia, que se haga en los estatutos, a los “Administradores”, deberá entenderse hecha a él o a los administradores, conforme exista éste o éstos. Por su parte, respecto del saneamiento, este se refiere al vicio formal que afecta a la previamente singularizada escritura de constitución, vicio que consiste en que en el extracto de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad INVERSIONES MOREMAQ SpA, fue incorrectamente individualizada una de las partes suscriptoras, toda vez que, se indicó en él, como uno de los comparecientes, a don JOSÉ LEONARDO SÁEZ SANDOVAL, omitiendo señalar que éste último lo hacía en representación de la sociedad INVERSIONES PROSMAQ SpA, y no personalmente. Error que, a su vez, fuere replicado en la publicación del referido extracto. El saneamiento consiste en: Por este acto y conforme con el procedimiento establecido por la Ley 19.499, los comparecientes, vienen en sanear la nulidad derivada de un vicio formal, cual es, la incorrecta individualización de una de las partes comparecientes en el extracto de la escritura de constitución de la sociedad y en la publicación del mismo, y cualesquiera otro existente que pudiera afectar a la sociedad antes mencionada, rectificando, en razón de ello, lo señalado en dicho extracto y en la publicación, en el sentido de salvar la referida omisión, que se diera precisamente en la parte introductiva, al singularizar a los comparecientes, específicamente a don JOSÉ LEONARDO SAEZ SANDOVAL, agregando, a continuación de su nombre, la siguiente frase “obrando en representación de INVERSIONES PROSMAQ SpA.”, quedando inmutable el resto del texto del extracto. En conformidad con lo establecido por la referida ley, la rectificación que por este acto se realiza producirá sus efectos desde la fecha del extracto y publicación viciados, que por este acto se sanean. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 05 de marzo de 2019.