MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESPINOZA Y GARRIDO LIMITADA

RUT 76036778-8 CVE 1561848
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2019
Notaría
Santiago de don Eduardo Avello Concha

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha
Comuna
Santiago de don Eduardo Avello Concha

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

Ratificar la cláusula segunda del pacto social relativa al

Administración

corresponderán a don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, exclusivamente, quien anteponiendo su firma a la razón social o al nombre de fantasía, la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades consignadas en el artículo octavo del título tercero del pacto social. Modificación del pacto social. don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO y doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA, en su calidad de únicos socios en la sociedad de responsabilidad limitada antes mencionada, convienen: Responsabilidad personal de los

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ICAHUE LTDA socio 76036778-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí el 26 de Febrero de 2019, don JUAN CARLOS GUILLERMO ARAYA MORALES, con domicilio en Ingeniero Antonio Baeza N° 0471, Parque Central, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, doña VALENTINA ELIANA ARAYA ASTUR, con domicilio en Ingeniero Antonio Baeza N° 0471, Parque Central, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, con domicilio en El Olivo Parcela Cinco, Mallarauco, Melipilla, y doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA, con domicilio en Camino El Bajo Lote Uno, Melipilla, modificaron ESPINOZA Y GARRIDO LIMITADA, nombre de fantasía ICAHUE LTDA., Rol Único Tributario N°76.036.778-8, constituida por escritura pública otorgada el 25 de Agosto de 2008 ante notario de Santiago María Gloria Acharán Toledo, publicada en Diario Oficial de 6 de Septiembre de 2008, inscrita a fojas 40.384 N° 27.739 del Registro de Comercio de Santiago de año 2008, Modificación inscrita a fojas 96.610 número 56.613 publicado en extracto en el diario oficial del 23.12.2015. En los siguientes sentidos: don JUAN CARLOS GUILLERMO ARAYA MORALES vende a don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, quien compra, el cincuenta por ciento del capital social total de sus derechos en la sociedad, en precio pactado y pagado; don JUAN CARLOS GUILLERMO ARAYA MORALES vende a doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA quien compra, el cuarenta y cinco por ciento del capital social total de sus derechos en la sociedad en precio pactado y pagado; doña VALENTINA ELIANA ARAYA ASTUR vende a doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA quien compra el cinco por ciento del capital social total de sus derechos en la sociedad, En precio pactado y pagado; Participación en la sociedad. El capital social es de $5.000.000.- Los comparecientes declaran que, como consecuencia de la venta y cesión de derechos precedentes, don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO y doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA se incorporan a la sociedad con un cincuenta por ciento y cincuenta por ciento del capital o haber social respectivamente; y don JUAN CARLOS GUILLERMO ARAYA MORALES y doña VALENTINA ELIANA ARAYA ASTUR se retiran de la sociedad; Administración, Representación y uso de la razón social. corresponderán a don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, exclusivamente, quien anteponiendo su firma a la razón social o al nombre de fantasía, la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades consignadas en el artículo octavo del título tercero del pacto social. Modificación del pacto social. don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO y doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA, en su calidad de únicos socios en la sociedad de responsabilidad limitada antes mencionada, convienen: Responsabilidad personal de los socios. Ratificar la cláusula octava del pacto social en el sentido que la responsabilidad personal de los socios prosigue limitada al monto de sus respectivos aportes. Distribución de utilidades y pérdidas. Modificar la Cláusula sexta del pacto social, relativa a la distribución de las utilidades y las pérdidas, y reemplazar su texto por el siguiente “SEXTO: Las utilidades y las perdidas se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, cincuenta por ciento y doña LORETO PATRICIA VALENCIA SANHUEZA, cincuenta por ciento”. Administración, Representación y uso de la razón social. Modificar la cláusula cuarta del pacto social, relativa a la administración y representación de la sociedad y al uso de la razón social, corresponderá a don DIEGO SALVATORE OLMEDO SAGREDO, exclusivamente, quien anteponiendo su firma a la razón social o al nombre de fantasía, la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades consignadas en el artículo octavo del título tercero del pacto social. OBJETO. Ratificar la cláusula segunda del pacto social relativa al objeto. “El objeto de la sociedad es la capacitación de personas que se desempeñen en trabajos relacionados con el comercio, la industria y cualquier trabajo que signifique o mejore su calidad humana, y el perfeccionamiento laboral dirigido a profesores.” Demás estipulaciones constan de escritura publica extractada. Santiago, 11 de Marzo de 2019.-