CONSTITUCIÓN Cooperativa

Cooperativa Agrícola San José de Llamuco Limitada

RUT 13815462-9 CVE 1561824
Capital
$402.500 CLP
Fecha instrumento
8 de marzo de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2019
Repertorio
1437-2019
Notario
CARLOS ALARCON RAMIREZ
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$402.500 CLP
Domicilio
La Cooperativa está domiciliada en Sector Llamuco Bajo S/N, Comuna de Vilcun, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. ARTICULO 3°:
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, todo esto con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. ARTICULO 6°:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular Temuco, C. Solar 831, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 08.03.2019, Repertorio N° 1437-2019, comparece doña VALESKA ALEJANDRA GARCIA ECHEVERRIA, chilena, soltera, secretaria, cédula de identidad N° 13.815.462-9, domiciliada pasaje Río Chabunco número vero dos mil setecientos sesenta y siete, de la ciudad de Temuco, reduciendo a escritura pública ACTA COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN JOSE DE LLAMUCO LIMITADA: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agrícola San José de Llamuco Limitada”, su sigla (o nombre de fantasía) será “LLAMUCOOP LIMITADA” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 2°: DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en Sector Llamuco Bajo S/N, Comuna de Vilcun, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. ARTICULO 3°: DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. ARTÍCULO 4°: OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, todo esto con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $402.500 pesos, dividido en 700 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $575 pesos cada una. En este acto cada socio suscribe y paga 100 cuotas de participación. SOCIOS: 7 socios fundadores. ARTÍCULO 19°: RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios de la Cooperativa estará limitada al monto de sus Cuotas de Participación.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Doy Fe.- Temuco, 12 de marzo del año 2019.