COOPERATIVA AGRÍCOLA LOF MAPU TOKIWE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de marzo de 2019
- Repertorio
- 1473-2019
- Notario
- CARLOS ALARCON RAMIREZ
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $110.000 CLP
- Domicilio
- La Cooperativa está domiciliada en Sector Tokiwe Comunidad indígena Antonio Milla S/N, Comuna de Victoria, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. ARTICULO 3°:
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, todo esto con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. ARTICULO 6°:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular Temuco, C. Solar 831, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 11 de Marzo del 2019, Repertorio 1473-2019, doña VALESKA ALEJANDRA GARCÍA ECHEVERRÍA, chilena, soltera, Asistente Contable, cédula de identidad N° 13.815.462-9, domiciliada en Pasaje Río Chabunco N° 02767, de la ciudad de Temuco; quien debidamente facultada, redujo a escritura pública ACTA COOPERATIVA AGRÍCOLA LOF MAPU TOKIWE LIMITADA, como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “COOPERATIVA AGRÍCOLA LOF MAPU TOKIWE LIMITADA”, su sigla (o nombre de fantasía) será “COOPTOKIWE LIMITADA” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 2°: DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en Sector Tokiwe Comunidad indígena Antonio Milla S/N, Comuna de Victoria, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. ARTICULO 3°: DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. ARTÍCULO 4°: OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, todo esto con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $110.000.-, dividido en 2.200 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $50 cada una. En este acto cada socio suscribe y paga 100 cuotas de participación. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios de la Cooperativa estará limitada al monto de sus Cuotas de Participación. 22 socios fundadores. La persona que adquiera la calidad de socio responderá con sus aportes de las obligaciones contraídas por la Cooperativa antes de su ingreso. Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 13 de Marzo del año 2019.