CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

VÍCTOR & LISBETH SOCIEDAD SpA

RUT 26476377-0 CVE 1561173
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2019
Repertorio
7465
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago

Objeto social

a) Servicios de banquetería, foodtrack, cocktailería y)o catering; b) Minimarket y)o supermercado; c) Restaurant, fuente de soda, bar, pub, delivery de alimentos y, en definitiva, cualquier tipo de local comercial que se dedique a la venta de alimentos u otro relacionado; d) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, representación, permuta, distribución, importación y exportación, al por menor y)o al por mayor, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, especialmente, y sin que signifique restricción alguna de todo tipo de alimentos y bebestibles, así como todo tipo de materiales, productos, artículos, equipos y accesorios de todo tipo necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social; e) Asesorías, consultorías, charlas universitarias, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con la alimentación, entre otros, así como todo aquello que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes descrito, o el que eventualmente resuelvan realizar los socios; e) Prestación de servicios de ingeniería; f) Representación y franquicias de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo del objeto de la empresa, y en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social; g) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; h) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así los acordaren la mayoría de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica que: por Escritura Pública de fecha 13 de marzo de 2019, Repertorio Nº 7465, ante mí: don VICTOR JOSÉ LEÓN ZABALA, venezolano, soltero, mecánico automotriz, cédula de identidad número 26.476.377-0, domiciliado para estos efectos en Avenida Portugal número 941, departamento número 813, Comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quien constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: "VÍCTOR & LISBETH SOCIEDAD SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante los bancos y demás personas naturales o jurídicas, la denominación “COMIDAS Y POSTRES DOÑA MARÍA SpA”. Domicilio: Santiago. Objeto: a) Servicios de banquetería, foodtrack, cocktailería y/o catering; b) Minimarket y/o supermercado; c) Restaurant, fuente de soda, bar, pub, delivery de alimentos y, en definitiva, cualquier tipo de local comercial que se dedique a la venta de alimentos u otro relacionado; d) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, representación, permuta, distribución, importación y exportación, al por menor y/o al por mayor, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, especialmente, y sin que signifique restricción alguna de todo tipo de alimentos y bebestibles, así como todo tipo de materiales, productos, artículos, equipos y accesorios de todo tipo necesarios para el desarrollo de la empresa, así como todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente con el objetivo social; e) Asesorías, consultorías, charlas universitarias, cursos, talleres, relatorías y seminarios en todas las materias relacionadas con la alimentación, entre otros, así como todo aquello que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes descrito, o el que eventualmente resuelvan realizar los socios; e) Prestación de servicios de ingeniería; f) Representación y franquicias de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo del objeto de la empresa, y en general, todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directamente con el objetivo social; g) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; h) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así los acordaren la mayoría de los accionistas. Capital: $1.000.000 un millón de pesos) dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de Marzo de 2019.-