MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL HIDALGO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76536843-K CVE 1561263
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Repertorio
224
Notario
JUAN ANTONIO PUGA LOZANO
Domicilio
Laja

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Notario Público Laja, CERTIFICA: que: Por Escritura Pública de 13 de Febrero de 2019, ante doña Marianela Escobar Melo, Suplente del que autoriza, Repertorio N°224, don LUIS OMAR HIDALGO ESPARZA, chileno, soltero, comerciante, C.I N°13.385.217-4, domiciliado en calle Joaquín Prieto N°775, Departamento 2211, Concepción; don ALEJANDRO JOSE SAAVEDRA PIZARRO, chileno, casado, empresario, C.I N° 8.303.648-6, domiciliado en calle Avenida de Los Ríos N°511, Laja; y don CRHISTIAN ALEJANDRO SAAVEDRA LEMP, chileno, casado, abogado, C.I N°15.922.895-9, domiciliado en calle Tomas Urmeneta N°231 Los Ángeles; modifican “SOCIEDAD COMERCIAL HIDALGO Y COMPAÑÍA LIMITADA” constituida por escritura pública de 28 de marzo de 2016, en esta notaria, extracto inscrito a fojas 736 N°632 de Registro de Comercio de Concepción de 2016, publicado en Diario Oficial el 2 de abril de 2016 fecha de dos de abril del año dos mil dieciséis, edición N°41.422.- Modificaciones: El socio Crhistian Alejandro Saavedra Lemp, vende, cede y transfiere a don Alejandro José Saavedra Pizarro el 100% de los derechos que le corresponden en la sociedad. El precio de la cesión es $2.400.000 pagado en dinero efectivo. En consecuencia quedan como únicos socios Luis Omar Hidalgo Esparza y Alejandro José Saavedra Pizarro, ambos con una cuota del 50% de la participación social.- EN CUANTO A LA ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL Los socios modifican la cláusula cuarta del pacto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a los socios ALEJANDRO JOSE SAAVEDRA PIZARRO Y LUIS OMAR HIDALGO ESPARZA, quienes podrán actuar en representación de la sociedad conjunta o separadamente.- Lo que no ha sido modificado por la escritura extractada seguirá vigente lo estipulado en el pacto social. LAJA, 13 de Marzo de 2019.