Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2019
- Notario
- HERNAN CUADRA GAZMURI
- Oficio
- primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La adquisición y tenencia de toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión de cualquier tipo, cuotas de fondos mutuos u otros valores y derechos, reales o personales, u otros bienes semejantes, a fin de enajenarlos o explotarlos según su naturaleza y percibir sus frutos. b) La fabricación, manufactura, explotación, envasado, venta, comercialización, distribución, importación y exportación por cuenta propia o ajena, al detalle o al por mayor de toda clase de bienes y productos, en especial pero no limitando a productos reciclables o reutilizables, cualquiera sea su naturaleza y en especial derivado de desechos orgánicos, vidrios, papel, metales, plásticos, u otros materiales que pudiesen ser reutilizados. c) La prestación de servicios ambientales y de aseo en el área de residuos y basura, incluyendo la recolección, trasporte, comercialización, transformación, reciclaje, industrialización, tratamiento, incineración, mezcla, destrucción, confinamiento y disposición final, de todo tipo de residuos, desechos, desperdicios, despojos y excedentes industriales, independiente de su clase y origen, incluyendo también residuos peligrosos y no peligrosos, orgánicos e inorgánicos, líquidos y sólidos. Para todos los fines antes señalados, la sociedad podrá participar en sociedades u otras personas jurídicas o en empresas, asociaciones, entidades o agrupaciones de cualquier tipo y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN CUADRA GAZMURI, Abogado, Notario Público Titular de la primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 160, oficinas 101 y 102, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 12/03/2019, ante mí, don DANIEL KORENBLIT OLAVE y don JOSÉ ANTONIO ZAVALA GARRIGA constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: “INVERSIONES KPZ SPA”, nombre fantasía “KPZ”. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales u oficinas en otros puntos del país o en el extranjero.- Duración: indefinida.- Objeto: a) La adquisición y tenencia de toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión de cualquier tipo, cuotas de fondos mutuos u otros valores y derechos, reales o personales, u otros bienes semejantes, a fin de enajenarlos o explotarlos según su naturaleza y percibir sus frutos. b) La fabricación, manufactura, explotación, envasado, venta, comercialización, distribución, importación y exportación por cuenta propia o ajena, al detalle o al por mayor de toda clase de bienes y productos, en especial pero no limitando a productos reciclables o reutilizables, cualquiera sea su naturaleza y en especial derivado de desechos orgánicos, vidrios, papel, metales, plásticos, u otros materiales que pudiesen ser reutilizados. c) La prestación de servicios ambientales y de aseo en el área de residuos y basura, incluyendo la recolección, trasporte, comercialización, transformación, reciclaje, industrialización, tratamiento, incineración, mezcla, destrucción, confinamiento y disposición final, de todo tipo de residuos, desechos, desperdicios, despojos y excedentes industriales, independiente de su clase y origen, incluyendo también residuos peligrosos y no peligrosos, orgánicos e inorgánicos, líquidos y sólidos. Para todos los fines antes señalados, la sociedad podrá participar en sociedades u otras personas jurídicas o en empresas, asociaciones, entidades o agrupaciones de cualquier tipo y objeto. En todos los fines antes mencionados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena.- Capital: El capital de la sociedad es de $1.000.000 pesos, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que fueron totalmente suscritas y pagadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 13 de Marzo de 2019.-