LUIS SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36° Notaria de Santiago, con domicilio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de 21 de enero de 2019, ante mí; don LUIS JAVIER SANDOVAL OLIVARES, abogado, doña CARMEN GLORIA SIÑA LAZO, periodista y cientista política; y doña CARMEN GLORIA LAZO ESPER, profesora, todos domiciliados en Avenida Nueva Tajamar número cuatrocientos ochenta y uno, Torre Sur, oficina ochocientos cuatro, comuna de las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada LUIS SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA, cuyo extracto fue inscrito a fojas cincuenta y siete mil quinientos veintidós número cuarenta mil noventa del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil diez, y se publicó en el Diario Oficial con fecha seis de noviembre del año dos mil diez. Dicha sociedad fue modificada y el extracto de esa modificación fue inscrito a fojas treinta y cuatro mil setecientos veintiocho número veinticuatro mil trescientos noventa y siete del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce, y se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta y uno de mayo de dos mil doce, en el siguiente sentido: la socia doña CARMEN GLORIA LAZO ESPER, por una parte, vende, cede y transfiere a doña CARMEN GLORIA SIÑA LAZO, quien compra y acepta para sí, derechos sociales equivalentes al quince por ciento del total del haber social, por la suma de un millón quinientos mil pesos, que la cesionaria paga en este acto al cedente, al contado y que este declara recibir a su entera satisfacción; y por otra parte, vende, cede y transfiere a don LUIS JAVIER SANDOVAL OLIVARES, quien compra y acepta para sí, derechos sociales equivalentes al quince por ciento del total del haber social, por la suma de un millón quinientos mil pesos, que la cesionaria paga en este acto al cedente, al contado y que este declara recibir a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos anteriormente acordada, quedan como actuales únicos y exclusivos socios, doña CARMEN GLORIA SIÑA LAZO, con un cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, y don LUIS JAVIER SANDOVAL OLIVARES, con un cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales. En lo no modificado por la presente escritura, continúan vigentes todas las estipulaciones del contrato social. Santiago, 7 de marzo de 2019.