MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA

RUT 76470355-3 CVE 1560275
Capital
$3.726.621 CLP
Fecha instrumento
8 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2019
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.726.621 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA socio 76470355-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público, de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de esta fecha, ante mí: a) don GONZALO EDUARDO MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 6.927.845-0; b) doña JAVIERA PAZ MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 17.267.794-0; c) don IGNACIO JOSÉ MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 17.957.075-0; d) don FERNANDO ARTURO MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 6.927.846-9; e) doña CARLA IGNACIA MERANI PARROCHIA, cédula de identidad N° 17.407.087-3; f) don FERNANDO ANTONIO MERANI PARROCHIA, cédula de identidad N° 19.081.024-0; g) don VICENTE ARTURO MERANI PARROCHIA, cédula de identidad N° 19.686.766-K; h) don RAIMUNDO ANDRÉS MERANI PARROCHIA, cédula de identidad N° 21.128.308-4, debidamente representado por sus padres, por tener la patria potestad, don FERNANDO ARTURO MERANI BRAVO, individualizado precedentemente y por doña MARÍA CECILIA PARROCHIA ORELLANA, cédula de identidad N° 6.555.240-K; i) don FRANCISCO JAVIER MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 6.975.981-5; j) doña VALENTINA JESÚS MERANI ECHEVERRÍA, cédula de identidad N° 19.891.337-5; k) don TOMÁS JOSÉ MERANI ECHEVERRÍA, cédula de identidad N° 20.428.202-1; l) don MARTÍN FRANCISCO MERANI ECHEVERRÍA, cédula de identidad N° 21.139.085-9, debidamente representado por sus padres, por tener la patria potestad, don FRANCISCO JAVIER MERANI BRAVO, individualizado precedentemente y por doña MARÍA JOSÉ ECHEVERRÍA PRESSAC, cédula de identidad N° 11.625.101-9; m) doña FLORENCIA MARÍA MERANI ECHEVERRÍA, cédula de identidad N° 21.182.976-1 debidamente representada por sus padres, por tener la patria potestad, don FRANCISCO JAVIER MERANI BRAVO, individualizado precedentemente y por doña MARÍA JOSÉ ECHEVERRÍA PRESSAC, individualizada precedentemente; n) don RODRIGO RAÚL MERANI BRAVO, cédula de identidad N° 8.666.147-0; o) doña OLIVIA MERANI MONTERO, cédula de identidad N° 21.527.368-7, debidamente representada por sus padres, por tener la patria potestad, don RODRIGO RAÚL MERANI BRAVO, individualizado precedentemente y por doña MARÍA CAROLINA MONTERO AGUIRRE, cédula de identidad N° 8.352.080-9; p) don AGUSTÍN MERANI MONTERO, cédula de identidad N° 22.475.685-2, debidamente representado por sus padres, por tener la patria potestad, don RODRIGO RAÚL MERANI BRAVO, individualizado precedentemente y por doña MARÍA CAROLINA MONTERO AGUIRRE, individualizada precedentemente; y, q) doña XIMENA INÉS EUGENIA BRAVO CARVALLO, cédula de identidad N° 4.629.471-8; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Santa María N° 2294, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA, RUT N° 76.470.355-3, Capital $3.726.621, en los siguientes sentidos: I. Donación de derechos sociales: 1. Don GONZALO EDUARDO MERANI BRAVO, viene en donar gratuita e irrevocablemente y por mera liberalidad, parte de su participación en la sociedad INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA, esto es, el 23,75% de la totalidad del capital de la Sociedad, a sus hijos doña JAVIERA PAZ MERANI BRAVO y don IGNACIO JOSÉ MERANI BRAVO, en las siguientes proporciones: a) a doña JAVIERA PAZ MERANI BRAVO, un 11,875% de los derechos sociales; y, b) a don IGNACIO JOSÉ MERANI BRAVO, un 11,875% de los derechos sociales, quienes aceptan la donación. 2. Don FERNANDO ARTURO MERANI BRAVO, viene en donar gratuita e irrevocablemente y por mera liberalidad, parte de su participación en la sociedad INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA, esto es, el 22,89% de la totalidad del capital de la Sociedad, a sus hijos doña CARLA IGNACIA MERANI PARROCHIA, don FERNANDO ANTONIO MERANI PARROCHIA, don VICENTE ARTURO MERANI PARROCHIA y don RAIMUNDO ANDRÉS MERANI PARROCHIA, en las siguientes proporciones: a) a doña CARLA IGNACIA MERANI PARROCHIA, un 5,7225% de los derechos sociales; b) a don FERNANDO ANTONIO MERANI PARROCHIA, un 5,7225% de los derechos sociales; c) a don VICENTE ARTURO MERANI PARROCHIA, un 5,7225% de los derechos sociales; y, d) a don RAIMUNDO ANDRÉS MERANI PARROCHIA, un 5,7225% de los derechos sociales, quienes aceptan la donación. 3. Don FRANISCO JAVIER MERANI BRAVO, viene en donar gratuita e irrevocablemente y por mera liberalidad, parte de su participación en la sociedad INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA, esto es, el 24,18% de la totalidad del capital de la Sociedad, a sus hijos doña VALENTINA JESÚS MERANI ECHEVERRÍA , don TOMÁS JOSÉ MERANI ECHEVERRÍA, don MARTÍN FRANCISCO MERANI ECHEVERRÍA y doña FLORENCIA MARÍA MERANI ECHEVERRÍA, en las siguientes proporciones: a) a doña VALENTINA JESÚS MERANI ECHEVERRÍA, un 6,045% de los derechos sociales; b) a don TOMÁS JOSÉ MERANI ECHEVERRÍA, un 6,045% de los derechos sociales; c) a don MARTÍN FRANCISCO MERANI ECHEVERRÍA, un 6,045% de los derechos sociales; y, d) a doña FLORENCIA MARÍA MERANI ECHEVERRÍA, un 6,045% de los derechos sociales, quienes aceptan la donación. 4. Don RODRIGO RAÚL MERANI BRAVO, viene en donar gratuita e irrevocablemente y por mera liberalidad, parte de su participación en la sociedad INMOBILIARIA FRATELLI LIMITADA, esto es, el 24,18% de la totalidad del capital de la Sociedad, a sus hijos doña OLIVIA MERANI MONTERO y don AGUSTÍN MERANI MONTERO, en las siguientes proporciones: a) a doña OLIVIA MERANI MONTERO, un 12,09% de los derechos sociales; y, b) a don AGUSTÍN MERANI MONTERO, un 12,09% de los derechos sociales, quienes aceptan la donación. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de la donación de derechos sociales, los actuales y únicos socios vienen en reemplazar, modificar y sustituir el artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, quedando del siguiente tenor: “CUARTO: El capital social asciende a la suma de tres millones setecientos veintiséis mil seiscientos veintiún pesos, el que fue aportado en la forma que se pasa a indicar: a) don GONZALO EDUARDO MERANI BRAVO aportó la suma de treinta y siete mil doscientos sesenta y siete pesos, equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; b) doña JAVIERA PAZ MERANI BRAVO aportó la suma de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos treinta y seis pesos, equivalente al once coma ocho siete cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; c) don IGNACIO JOSÉ MERANI BRAVO, aportó la suma de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos treinta y seis pesos, equivalente al once coma ocho siete cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; d) don FERNANDO ARTURO MERANI BRAVO, aportó la suma de treinta y siete mil doscientos sesenta y seis pesos, equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; e) doña CARLA IGNACIA MERANI PARROCHIA, aportó la suma de doscientos trece mil doscientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cinco coma siete dos dos cinco por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; f) don FERNANDO ANTONIO MERANI PARROCHIA, aportó la suma de doscientos trece mil doscientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cinco coma siete dos dos cinco por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; g) don VICENTE ARTURO MERANI PARROCHIA, aportó la suma de doscientos trece mil doscientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cinco coma siete dos dos cinco por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; h) don RAIMUNDO ANDRÉS MERANI PARROCHIA, aportó la suma de doscientos trece mil doscientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cinco coma siete dos dos cinco por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; i) don FRANCISCO JAVIER MERANI BRAVO, aportó la suma de treinta y siete mil doscientos sesenta y siete pesos, equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; j) doña VALENTINA JESÚS MERANI ECHEVERRÍA, aportó la suma de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y cuatro pesos, equivalente al seis coma cero cuatro cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; k) don TOMÁS JOSÉ MERANI ECHEVERRÍA, aportó la suma de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y cuatro pesos, equivalente al seis coma cero cuatro cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; l) don MARTÍN FRANCISCO MERANI ECHEVERRÍA, aportó la suma de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y cuatro pesos, equivalente al seis coma cero cuatro cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; m) doña FLORENCIA MARÍA MERANI ECHEVERRÍA, aportó la suma de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y cuatro pesos, equivalente al seis coma cero cuatro cinco cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; n) don RODRIGO RAÚL MERANI BRAVO, aportó la suma de treinta y siete mil doscientos sesenta y siete pesos, equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; o) doña OLIVIA MERANI MONTERO, aportó la suma de cuatrocientos cincuenta mil quinientos cuarenta y ocho pesos, equivalente al doce coma cero nueve cero cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; p) don AGUSTÍN MERANI MONTERO, aportó la suma de cuatrocientos cincuenta mil quinientos cuarenta y ocho pesos, equivalente al doce coma cero nueve cero cero por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; y, q) doña XIMENA INÉS EUGENIA BRAVO CARVALLO, aportó la suma de treinta y siete mil doscientos sesenta y seis pesos, equivalente al uno por ciento del total de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social. En consecuencia, el capital social de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado”. En lo no modificado, sigue vigente el pacto social. Demás cláusulas en escritura extractada. 8 de marzo de 2019. Alberto Mozó Aguilar. Notario Público.