MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Das Labor SpA

RUT 76894102-5 CVE 1560379
Fecha instrumento
28 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2019
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Público, Titular 15° Notaría de Santiago, Santa Magdalena 98, Comuna de Providencia, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 28 de febrero de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de Das Labor SpA celebrada con fecha 27 de febrero de 2019. Se cumplen las solemnidades. Asiste la totalidad de las acciones, a saber: Uno) Doña Daniela Fernanda Sánchez por sus 400 acciones. Dos) Don Marcelo Fabian Lizarraga por sus 300 acciones; Tres) Don Sebastian Antonio García Aguilera por sus 300 acciones; Concurrieron entonces a la presente Asamblea, accionistas que totalizan la cantidad de mil acciones, o sea el cien por ciento de las acciones suscritas de la sociedad. Constitución de la sociedad: Don Marcelo Fabian Lizarraga informa a los accionistas presentes que DAS LABOR SpA, fue constituida por escritura pública de fecha 21 de junio del año 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don R. Alfredo Martín Illanes, (en adelante la “Sociedad”). Un extracto autorizado de dicha escritura fue inscrito a fojas 48311 número 25065, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, y publicado en el sociedad: Se modificó la Cláusula Décima del Estatuto, relativo a la administración, representación y el uso de la razón social de la compañía. Conforme a escritura extractada la administración y representación de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a doña DANIELA FERNANDA SÁNCHEZ y a don MARCELO FABIÁN LIZARRAGA. Los administradores podrán actuar separada, indistinta, e individualmente con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 11 de marzo del año 2019.