COMERCIAL CHAMORRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2019
- Notario
- Eduardo Andrés Aliaga Martínez
- Domicilio
- Titular Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes
- Comuna
- Buin con Asiento en Paine
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Paine
- Duración
- 5 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales
Objeto social
Será la compra, venta y distribución de materiales de construcción, y en general toda actividad afín al objeto social, entendiéndose por ello la celebración de cualquier clase de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con la construcción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Andrés Aliaga Martínez, Notario Público Suplente del Titular Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes, Titular de la 3ª Notaria de Buin con Asiento en Paine, O´Higgins Nº 590, Paine, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: Eril Alberto Chamorro Figueroa C.I.Nº 8.124.279-8 y Paola Claudia Cristina Jiménez Brumelle C.I.Nº 9.358.313-2, ambos domiciliados en camino ocho poniente, parcela 211 B 2, comuna de Paine, constituyeron Sociedad Comercial Responsabilidad Limitada. Razón Social: “Comercial Chamorro Limitada”, nombre de fantasía “Comercial Chamorro Ltda.”. Objeto: Será la compra, venta y distribución de materiales de construcción, y en general toda actividad afín al objeto social, entendiéndose por ello la celebración de cualquier clase de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con la construcción. Domicilio: Paine, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que establezca en el resto del país. Administración y Uso Razón Social: Corresponde en forma exclusiva al socio Eril Alberto Chamorro Figueroa. Capital: $4.000.000, que los socios aportan: Eril Alberto Chamorro Figueroa $2.400.000, equivalente al 60% del capital social y doña Paola Claudia Cristina Jiménez Brumelle $1.600.000, equivalente al 40% del capital social, ambos en dinero efectivo, ingresado este acto caja social, quedando enteramente pagado capital social. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: 5 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Paine, 21 febrero 2019.