Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
a) la organización y producción de todo tipo de eventos en materias sociales y deportivas, seminarios, talleres, y otras actividades relacionadas; b) el marketing en general y la explotación comercial de dichas actividades; c) el diseño gráfico, multimedia, desarrollo y ejecución de asesorías en producción de eventos sociales y deportivos; d) el contratar, por cuenta propia y ajena, publicidad y)o promoción en medios escritos, radiales, televisivos o cualquier otro medio de comunicación social; e) el arriendo de equipos de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de eventos sociales y deportivos; y f) Todos lo demás negocios relacionados con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2019, otorgada ante mí, doña Paulina Muzard Gravereaux y don Romain Orieulx De La Porte, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Asesoría E Inversiones EDH SpA. Objeto: a) la organización y producción de todo tipo de eventos en materias sociales y deportivas, seminarios, talleres, y otras actividades relacionadas; b) el marketing en general y la explotación comercial de dichas actividades; c) el diseño gráfico, multimedia, desarrollo y ejecución de asesorías en producción de eventos sociales y deportivos; d) el contratar, por cuenta propia y ajena, publicidad y/o promoción en medios escritos, radiales, televisivos o cualquier otro medio de comunicación social; e) el arriendo de equipos de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de eventos sociales y deportivos; y f) Todos lo demás negocios relacionados con el giro. Capital: $100.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, y que podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 11 de marzo de 2019.