Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2019
- Repertorio
- 331-2019
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, bonos, valores y todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; administrar tales inversiones y percibir todos los frutos provenientes de ellas; realizar todo tipo de actos de comercio, en especial adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento, comercialización, distribución, importación o exportación de todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; comprar, vender, construir, urbanizar, lotear y en general, realizar toda clase de actos sobre bienes inmuebles: realizar toda clase de negocios inmobiliarios; comprar, vender, arrendar y, en general celebrar toda clase de actos sobre vehículos motorizados; La presentación de toda clase de servicios profesionales de asesorías y consultorías comerciales, gerenciales, financieras, educacionales, mobiliarias e inmobiliarias u otras que los socios acuerden; La realización de toda clase de inversiones y explotaciones agrícolas, ganaderas, frutícolas y pesqueras-Se deja expresa constancia de que la enumeración precedente no debe entenderse limitativa y que al contrario la sociedad podrá realizar cualquier objeto en la medida que los accionistas lo acuerden
Administración
Corresponde a un administrador designado, y revocado, por accionistas que representen a lo menos un 50,1% de las acciones de la Sociedad, y única y exclusivamente mediante el otorgamiento de una escritura pública, de la que se deberá tomar nota en extracto al margen de la inscripción social. Se requerirá el voto favorable del accionista administrador para modificar los estatutos sociales San Miguel, 12 de marzo de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 5 de marzo de 2019, repertorio N°331-2019, Virginia González Rosales, Alfredo Ignacio Escobar Moltedo, Amalio Humberto Erranz Rosales y Manfredo González Rosales, constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales cláusulas extracto: Nombre: Alma SpA. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, bonos, valores y todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; administrar tales inversiones y percibir todos los frutos provenientes de ellas; realizar todo tipo de actos de comercio, en especial adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento, comercialización, distribución, importación o exportación de todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; comprar, vender, construir, urbanizar, lotear y en general, realizar toda clase de actos sobre bienes inmuebles: realizar toda clase de negocios inmobiliarios; comprar, vender, arrendar y, en general celebrar toda clase de actos sobre vehículos motorizados; La presentación de toda clase de servicios profesionales de asesorías y consultorías comerciales, gerenciales, financieras, educacionales, mobiliarias e inmobiliarias u otras que los socios acuerden; La realización de toda clase de inversiones y explotaciones agrícolas, ganaderas, frutícolas y pesqueras-Se deja expresa constancia de que la enumeración precedente no debe entenderse limitativa y que al contrario la sociedad podrá realizar cualquier objeto en la medida que los accionistas lo acuerden. Capital: $10.000.000.-dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas, en igual proporción, por los accionistas constituyentes. Administración: Corresponde a un administrador designado, y revocado, por accionistas que representen a lo menos un 50,1% de las acciones de la Sociedad, y única y exclusivamente mediante el otorgamiento de una escritura pública, de la que se deberá tomar nota en extracto al margen de la inscripción social. Se requerirá el voto favorable del accionista administrador para modificar los estatutos sociales San Miguel, 12 de marzo de 2019.