Sociedad Transportes Anycar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2019
- Notario
- RODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ
- Oficio
- 6° Notaria de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $64.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD TRANSPORTES ANYCAR LIMITADA | socio | 78395150-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ, Notario Público Titular de la 6° Notaria de Temuco, con asiento en la Comuna de Padre Las Casas, Maquehue N°1244 de Padre Las Casas, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Enero de 2019, ante don PABLO ALEJANDRO HEUSER SOMMER, abogado, Notario Público Suplente del Titular don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez, de la Sexta Notaría de Temuco, con asiento en la comuna de Padre Las Casas, con domicilio en Maquehue N° 1244, comuna de Padre Las Casas, certifico: don GUILLERMO NICOLAS CREXELL, argentino, comerciante, soltero, documento nacional de identidad argentino 17.763.862, C.I. N° 48.176.150-k, domiciliado en Quinta ocho, manzana A S/N, San Martin de los Andes; doña FERNANDA BISSO, argentina, comerciante, soltera, documento nacional de identidad argentino 22.199.765, C.I. N° 48.176.048-8, domiciliada calle Perito Moreno número doscientos cincuenta y uno, San Martín de los Andes, Argentina y de paso por ésta comuna y doña MARCIA ALEJANDRA VESPERINAS VÁSQUEZ, chilena, casada bajo el régimen de participación de los gananciales, comerciante, cédula de identidad número ocho millones quinientos veintiún mil trescientos ochenta y cuatro guión nueve, con domicilio en calle Hernán Cortés número cero mil ochocientos treinta, comuna y ciudad de Temuco, modificaron SOCIEDAD TRANSPORTES ANYCAR LIMITADA, Rol Único Tributario N°78.395.150-9, constituida escritura pública 17 Marzo 1993, ante Notario Público Santiago Mario Baros González extracto inscrito Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Los Andes a fojas 26, número 22 año 1993, publicado Diario Oficial 7 Abril 1993. Modificada por escritura pública de 3 Mayo 1993, otorgada ante Notario Público Santiago don Mario Baros González. Modificada por escritura pública de fecha 18 Noviembre 2011 otorgada en Notaría Los Andes de don Fernando Igualt Ansted; modificada por escritura pública de fecha 22 de Octubre 2015 otorgada en Notaria Max Eduardo Ordoñez Urbina, de la ciudad Los Andes y finalmente modificada con fecha 8 de octubre de 2017 otorgada en Notaria Esmirna Vidal Moraga de la ciudad de Temuco, publicada en Diario Oficial de 16 de septiembre de 2017, inscrita a fojas 229 Nº200 de fecha 16 de octubre de 2017. Los socios acordaron aumentar el capital social de $64.000.000 a la suma de $130.000.000. Este aumento de $64.040.000 se aporta, entera y paga por parte del socio don GUILLERMO NICOLAS CREXELL, quien los aportará en dinero en efectivo en este acto y las socias doña FERNANDA BISSO y MARCIA ALEJANDRA VESPERINAS VÁSQUEZ, aportan $660.000, cada una prometiendo enterarlo en el plazo de dos años a la caja social, a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo de utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales, y bienes muebles que posea, que se individualizarán y se tasarán cuando ello se produzca. En virtud de lo anterior, los socios acuerdan modificar la cláusula SEXTO de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de CIENTO TREINTA MILLONES DE PESOS, que se entera y se paga por los socios, en el porcentaje y forma que se pasa a estipular: a) El socio don GUILLERMO NICOLÁS CREXELL, ya individualizado, aporta la suma de CIENTO VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS, que equivalen al noventa y ocho por ciento de la sociedad. Este aporte se hace entregando, en este acto, a la caja social, un aporte en dinero efectivo efectuado al momento de la constitución, equivalente a la suma de SESENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS SESENTA MIL PESOS, y en este acto, un aporte en dinero efectivo, por la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA MIL PESOS; B) La socia doña FERNANDA BISSO, también individualizada, aporta la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS, que equivalen al uno por ciento de la sociedad. Este aporte se hace entregando, en este acto, a la caja social un aporte en dinero en efectivo efectuado al momento de la constitución, equivalente a la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS, y un aporte por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL PESOS, prometiendo enterar este monto en el plazo de dos años a la caja social, a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo de utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales, y bienes muebles que posea, que se individualizarán y se tasarán cuando ello se produzca; C) La socia doña MARCIA ALEJANDRA VESPERINAS VÁSQUEZ, ya individualizada, aporta la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS, que equivalen al uno por ciento de la sociedad.- Este aporte se hace entregando, en este acto, a la caja social un aporte en dinero en efectivo efectuado al momento de la constitución, equivalente a la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS, y un aporte por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL PESOS, prometiendo enterarlo en el plazo de dos años a la caja social, a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo de utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales, y bienes muebles que posea, que se individualizarán y se tasarán cuando ello se produzca.-” Demás estipulaciones escritura extractada.- Padres Las Casas, 11 de Marzo de 2019.-