SOCIEDAD DE INVERSIONES BURGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2019
- Notario
- RODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ
- Oficio
- 6° Notaria de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Gorbea. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Se repartirán entre los socios en proporción a sus
- Duración
- 5 años, prorrogables en la forma señalada en la escritura social
Objeto social
El objeto social será realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: a) Realizar inversiones en bienes raíces, valores mobiliarios y en títulos y obligaciones emitidos por empresas públicas y privadas, por cuenta propia o ajena; b) Realizar toda clase de negocios inmobiliarios, incluyendo la compra y venta, el arrendamiento, administración y explotación de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; c) El transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; d) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; e) Compra y venta de todo tipo de maquinarias, vehículos, repuestos, accesorios, lubricantes, ropa, juguetes, alimentos en general, fertilizantes, agroquímicos e insumos veterinarios y agrícolas; y en general todo lo que el socio constituyente, o los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don PEDRO ANDRÉS BURGOS GARCES, ya individualizado, sin perjuicio de que puedan delegarla en un gerente general de su confianza como se establece en escritura social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ, Notario Público Titular de la 6° Notaria de Temuco, con asiento en la Comuna de Padre Las Casas, Maquehue N°1244 de Padre Las Casas, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Don PEDRO ANDRÉS BURGOS GARCES, domiciliado en faja Ricci, kilómetro uno, comuna de Gorbea; y don MATÍAS JOSÉ BURGOS AMÉSTICA, domiciliado en Faja Ricci, kilómetro uno, comuna de Gorbea, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, bajo razón social "SOCIEDAD DE INVERSIONES BURGOS LIMITADA", pudiendo actuar como " INVERSIONES BURGOS LTDA.". OBJETO: El objeto social será realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: a) Realizar inversiones en bienes raíces, valores mobiliarios y en títulos y obligaciones emitidos por empresas públicas y privadas, por cuenta propia o ajena; b) Realizar toda clase de negocios inmobiliarios, incluyendo la compra y venta, el arrendamiento, administración y explotación de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; c) El transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; d) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; e) Compra y venta de todo tipo de maquinarias, vehículos, repuestos, accesorios, lubricantes, ropa, juguetes, alimentos en general, fertilizantes, agroquímicos e insumos veterinarios y agrícolas; y en general todo lo que el socio constituyente, o los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don PEDRO ANDRÉS BURGOS GARCES, ya individualizado, sin perjuicio de que puedan delegarla en un gerente general de su confianza como se establece en escritura social. CAPITAL SOCIAL: $5.000.000, aportando a) PEDRO ANDRÉS BURGOS GARCES, $4.750.000, ingresado, en este acto, en dinero en efectivo en caja social; y b) MATÍAS JOSÉ BURGOS AMÉSTICA, $250.000, ingresado, en este acto, en dinero en efectivo en caja social. DOMICILIO SOCIAL: Ciudad de Gorbea. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. SOCIOS LIMITAN responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. DURACIÓN: 5 años, prorrogables en la forma señalada en la escritura social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Padre Las Casas 01 de marzo 2019.-