CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL AUTOMONTT LIMITADA

CVE 1559645
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de marzo de 2019
Notaría
Pública Titular de la Quinta Notaria
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2019
Comuna
Pública Titular de la Quinta Notaria

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Montt
Duración
cinco años, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período de vigencia en curso, mediante carta notarial certificada, con una anticipación mínima de sesenta días antes del fin del respectivo período

Administración

Uso de la razón social y representación legal corresponderá conjunta o separadamente a ambos socios, don CRISTIAN ENRIQUE AGUILAR SOTO y ROBERTO CARLOS AGUILAR SOTO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LEBBY CAROLÍN BARRÍA GUTIÉRREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de marzo de 2019, otorgada ante mí, don CRISTIAN ENRIQUE AGUILAR SOTO, quien declara ser chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos treinta y nueve mil ciento ochenta y cuatro guion siete, y don ROBERTO CARLOS AGUILAR SOTO, quien declara ser chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos treinta y seis mil seiscientos setenta y nueve guion tres, ambos domiciliados en calle Volcán Guallatiri, número mil ochocientos setenta y cinco, Villa Sol de Oriente, ciudad de Puerto Montt, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: "SOCIEDAD COMERCIAL AUTOMONTT LIMITADA" o "AUTOMONTT LTDA.". ADMINISTRACIÓN: Uso de la razón social y representación legal corresponderá conjunta o separadamente a ambos socios, don CRISTIAN ENRIQUE AGUILAR SOTO y ROBERTO CARLOS AGUILAR SOTO. CAPITAL: $5.000.000.- DURACION: cinco años, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período de vigencia en curso, mediante carta notarial certificada, con una anticipación mínima de sesenta días antes del fin del respectivo período. DOMICILIO: Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otras ciudades del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 11 de marzo de 2019.-