INVERSIONES SANTIAGO Y URBANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2018
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $193.718.448 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, ubicada en La Concepción 65, Piso 2, Comuna de Providencia, certifica que: Por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2018, ante el Notario Titular; RODRIGO ANDRÉS URBANO GANORA, domiciliado en calle Suecia 750, depto. 1.208, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, por sí y en representación de la sociedad SANTIAGO NV, Sociedad Anónima constituida bajo las leyes de Holanda y domiciliada en Van Galenlaan 30, 3.941 VD DOORN, Holanda, modificaron la sociedad INVERSIONES SANTIAGO Y URBANO LIMITADA, inscrita a fojas 61.359 Nº 42.800, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en el sentido de disminuir el capital social de la sociedad de $193.718.448.- pesos a $109.399.358.- pesos. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan sustituir el actual artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: "CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de ciento nueve millones trescientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta y ocho pesos, que se ha aportado, enterado y pagado íntegramente por los socios de la siguiente manera: A) SANTIAGO NV, debidamente representada, ha aportado y pagado la cantidad de ciento nueve millones trescientos mil ochocientos noventa y nueve pesos, equivalente al noventa y nueve coma noventa y uno por ciento del haber social; B) Don RODRIGO ANDRÉS URBANO GANORA ha aportado y pagado la cantidad de noventa y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos, equivalente al cero como cero nueve por ciento del haber social.” En todo lo no modificado, queda expresamente vigente el estatuto social, en especial la declaración de los socios, que limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago de Chile, 5 de marzo de 2019.