CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INTEGRALES DE LA MUJER GINECO OBSTETRICO LIMITADA

RUT 16581387-1 CVE 1558778
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2019

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2019
Notario
GONZALO SERRANO DE SOLAR
Domicilio
domiciliado en prolongación calle Benavente Nº 1075

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Ginecólogo Obstetra socio 16581387-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO SERRANO DE SOLAR, Abogado, Notario Público, domiciliado en prolongación calle Benavente Nº 1075, “Open Plaza Ovalle”, Local 1480, de la ciudad de Ovalle, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí don JORGE ALEJANDRO BOILET MUÑOZ, Chileno, casado y separado de bienes, Ginecólogo Obstetra, Cédula de Identidad Nº 16.581.387-1, y doña IRIS SAMANTHA CABALLERO PALACIOS, Paraguaya, casada y separada totalmente de bienes con el anterior compareciente, visitador médico, Cédula de Identidad para extranjeros N° 23.822.598-1, ambos domiciliados en Calle Socos N° 76, Ciudad y Comuna de Ovalle, han constituido una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada "SERVICIOS INTEGRALES DE LA MUJER GINECO OBSTETRICO LIMITADA” pudiendo actuar indistintamente con el nombre de fantasía de “SIMGO LTDA”, el que servirá de suficiente individualización para toda clase de actos y contratos y para ante toda clase de autoridades, públicas o privadas. El OBJETO social será: a) La prestación de servicios profesionales de salud integral de la mujer en todas las etapas de su vida, destinados al diagnóstico, cuidado y tratamiento del embarazo y fertilidad, enfermedades de transmisión sexual, anticoncepción, planificación familiar, medicina materno-fetal, embarazos de alto riesgo, cirugía fetal, endocrinología reproductiva e infertilidad, oncología ginecológica, uroginecología, cirugías, cirugías reconstructivas, cirugía laparoscópica avanzada, ginecología pediátrica y del adolescente, menopausia y ginecología geriátrica. b) La realización de todo tipo de exámenes ginecológicos, como ecografías, papanicolau, eco transvaginal, Eco Doppler Fetal, Eco Doppler Mamaria, entre otros de similar naturaleza. c) La creación, mantención y explotación de clínicas, centros médicos en general y todo tipo de consultas destinadas al tratamiento y rehabilitación de toda clase de enfermedades y pacientes, y relacionadas con el mantenimiento y restablecimiento de la salud; prestar servicios profesionales, en forma directa o a través de convenios, a particulares o beneficiarios del sistema público o privado de salud, incluyendo servicios profesionales en el área de la salud y procedimientos médicos, actividades docentes, profesionales, de capacitación, investigación y demás relacionadas; d) La distribución, difusión y/o comercialización de insumos, medicamentos y equipos, representaciones en general, relacionados con la medicina; La fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución y suministros de toda clase de medicamentos, sustancias químicas, productos farmacéuticos, de cuidado e higiene personal, cosméticos, perfumerías, productos homeopáticos, naturales y/o vitaminas; insumos hospitalarios, accesorios, equipos médicos y alimentos, suplementos alimenticios; así como mercaderías en general y de consumo masivo; La organización, administración y explotación de redes de cadenas de establecimientos de comercio para el expendio de los productos anteriormente mencionados, tales como farmacias, minimarkets, autoservicios, supermercados, tiendas de conveniencia y similares; e) La investigación médica en general, realización de cursos relacionados con la medicina en general, capacitaciones y talleres, evaluación de tratamientos, y asesorías médicas en general, realización de proyectos médicos de todo tipo, y todo lo que diga relación en tecnología médica y toda actividad vinculada a la salud, en sus más amplios aspectos.- f) Y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades, incluyendo todo negocio complementario o derivado de éstos y cualquier otro objeto que los socios acuerden.-. El DOMICILIO de la sociedad será la ciudad de OVALLE sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otros lugares. La Sociedad ha comenzado a regir desde la fecha de la suscripción de la presente escritura de constitución, y tendrá una DURACIÓN de DIEZ AÑOS, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años, a menos que uno o más de los socios manifestaren su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del periodo inicial o prorrogado, según sea el caso. LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL de la Sociedad corresponderá exclusivamente al socio JORGE ALEJANDRO BOILET MUÑOZ, quien la representará con las facultades expresadas en la clausula CUARTO de la escritura extractada. El CAPITAL de la Sociedad es la suma de $2.000.000, aportado y pagado por los socios en el acto de constitución, en dinero efectivo, por partes iguales, y que se encuentra enterado en la caja social.- Las UTILIDADES Y LAS EVENTUALES PÉRDIDAS se repartirán entre los socios en la misma proporción al monto de sus aportes al capital social, es decir, a razón de un 50% para cada uno de ellos. Los socios limitan su RESPONSABILIDAD hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Ovalle, a 05 de marzo de 2019.-