SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Catedral número 1009, piso 18, comuna de Santiago, certifico que con fecha de hoy, ante mí; INÉS JACQUELINE CONTRERAS TORO, chilena, casada, comerciante, cédula de identidad número doce millones sesenta y tres mil cuatrocientos seis guión dos, domiciliado en Avenida Central número trescientos treinta y cinco, villa la Selva, San Bernardo; JOSELYN DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ, chilena, soltera, secretaria, cédula de identidad número quince millones seiscientos veintiún mil noventa y dos guión siete, con domiciliado calle Enrique Madrid Osorio número seiscientos ochenta y cuatro, San Bernardo, y de paso en ésta; y JUAN ROJAS VEAS, chileno, soltero, microempresario, cédula de identidad número doce millones ochocientos treinta y un mil doscientos sesenta y ocho guión cuatro, con domicilio en calle Enrique Madrid Osorio número seiscientos ochenta y cuatro, San Bernardo; modificaron sociedad comercial SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL LIMITADA, constituida 24-11-2008, notario Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, a fojas 230, número 240, del Registro de Comercio del año 2008. Modificaciones: i) Se retira socia INÉS JACQUELINE CONTRERAS TORO, dueña del 10 por ciento del haber social, lo vende a JUAN ROJAS VEAS, quien lo compra en $200.000.- efectivo, este acto. Por otra parte, doña JOSELYN DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ, dueña del 90 por ciento del haber social, vende un 80 por ciento del haber social a don JUAN ROJAS VEAS, quien los compra, en la suma de $1.600.000.-, efectivo, este acto. Consecuencia cesión quedan como socios: JUAN ROJAS VEAS, dueño del 90 por ciento del haber social; JOSELYN DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ, dueña del 10 por ciento del haber social; y ii) Cláusula Quinta del estatuto, referida a la administración, en el sentido que a contar de esta fecha corresponderá exclusivamente JUAN ROJAS VEAS, amplias facultades.- En lo no modificado rigen cláusulas pacto primitivo.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 18 de Febrero de 2019.- Luis Manquehual Mery.- Notario Titular.-