MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LEGACY CORPORATION SpA

RUT 76414013-3 CVE 1558832
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Se constituye una sociedad por acciones cuya razón social será "LEGACY CORPORATION SpA" pudiendo usarse para fines comerciales, bancarios o de publicidad la sigla o nombre de fantasía "CENTURY 21 OREL". El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago de Chile

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en Chile o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) Tomar la representación de empresas internacionales de tecnología para Chile y el Conosur, así como el comercio, importación y exportación de artículos de tecnología y la prestación de servicios relacionados en Chile y el extranjero. b) El desarrollo y operación en Chile y)o el extranjero de franquicias relacionadas con todo tipo de actividades de servicios inmobiliarios tales como la intermediación inmobiliaria, corretaje de propiedades urbanas o rurales. c) El corretaje de propiedades, la adquisición, venta, arriendos, mantención y administración de bienes inmuebles y muebles, administración de edificios y condominios, ya sean urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la adquisición, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, y de los derechos que sobre éstos recaigan, de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o ajena, se encuentren estos amoblados o no amoblados; la explotación, a título de arrendamiento, de los inmuebles que sea o llegue a ser dueño o cuya tenencia le corresponda a cualquier otro título; el financiamiento para la compra y venta, manutención, reparación y posterior venta de inmuebles por sí o para terceros, en forma individual o en alianza con otras personas naturales o jurídicas; asesorar, realizar tasaciones, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario; desarrollar proyectos inmobiliarios, obras de ingeniería en construcción, construcción o venta de conjuntos habitacionales, bienes inmuebles; la inversión en bienes raíces y muebles, su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisión, enajenaciones de cualquier especie, arrendamiento y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la práctica de cualquiera otra inversión en bienes corporales e incorporales o valores de cualquiera especie, la administración de los mismos y percepción de sus frutos; la preparación, organización, contratación, producción y)o ejecución de todo tipo de eventos o reuniones sociales, seminarios o charlas que tengan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65 piso 2, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2019, ante mí, don TOMER NISIM BEHAR y ELAZAR BEHAR, modificaron sociedad Legacy Corporation SpA, inscrita a fojas 81.565 número 49.727 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, en las siguientes materias: a) Razón social, sustituyendo el artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Razón social y domicilio. Se constituye una sociedad por acciones cuya razón social será "LEGACY CORPORATION SpA" pudiendo usarse para fines comerciales, bancarios o de publicidad la sigla o nombre de fantasía "CENTURY 21 OREL". El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencia s o sucursales que se puedan establecer en otras ciudades del país o del extranjero.” y (b) Modificaron el objeto de la Sociedad, reemplazando el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “Objeto. La sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en Chile o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) Tomar la representación de empresas internacionales de tecnología para Chile y el Conosur, así como el comercio, importación y exportación de artículos de tecnología y la prestación de servicios relacionados en Chile y el extranjero. b) El desarrollo y operación en Chile y/o el extranjero de franquicias relacionadas con todo tipo de actividades de servicios inmobiliarios tales como la intermediación inmobiliaria, corretaje de propiedades urbanas o rurales. c) El corretaje de propiedades, la adquisición, venta, arriendos, mantención y administración de bienes inmuebles y muebles, administración de edificios y condominios, ya sean urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la adquisición, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, y de los derechos que sobre éstos recaigan, de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o ajena, se encuentren estos amoblados o no amoblados; la explotación, a título de arrendamiento, de los inmuebles que sea o llegue a ser dueño o cuya tenencia le corresponda a cualquier otro título; el financiamiento para la compra y venta, manutención, reparación y posterior venta de inmuebles por sí o para terceros, en forma individual o en alianza con otras personas naturales o jurídicas; asesorar, realizar tasaciones, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario; desarrollar proyectos inmobiliarios, obras de ingeniería en construcción, construcción o venta de conjuntos habitacionales, bienes inmuebles; la inversión en bienes raíces y muebles, su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisión, enajenaciones de cualquier especie, arrendamiento y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la práctica de cualquiera otra inversión en bienes corporales e incorporales o valores de cualquiera especie, la administración de los mismos y percepción de sus frutos; la preparación, organización, contratación, producción y/o ejecución de todo tipo de eventos o reuniones sociales, seminarios o charlas que tengan relación con el objeto social. d) Efectuar en el país o en el extranjero inversiones permanentes o de renta en toda clase de bienes, corporales o incorporales y participar en el mercado de capitales. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar, y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes ya sea en el país o en el extranjero y percibir sus frutos y rentas. e) Prestar servicios de logística abarcando el almacenamiento, inventario, transporte y distribución de mercancía. f) La prestación de todo tipo de asesorías, auditorías y servicios profesionales en materias de carácter comercial, marketing, diseño, restauración, inmobiliario, importación, exportación, económico, financiero, industrial, contable, tributario, laboral, comercio exterior, operaciones, de gestión, control interno y manejo de recursos humanos, incluyendo servicios de administración, control de gestión y desarrollo organizacional de empresas. g) La prestación de servicios de asesoría legal, judicial, tributaria, financiera, de gestión, planificación estratégica, desarrollo de nuevos negocios, comunicación, imagen corporativa, políticas medioambientales, marketing, relaciones públicas, resolución de conflictos y, en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa con el objeto social.” Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2019.