Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2019
- Repertorio
- 871/19
- Notario
- CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Objeto social
La sociedad se denomina INMOBILIARIA VERGARA SpA, pudiendo actuar ante cualquiera persona o institución, pública o privada, y en especial ante el Servicio de Impuestos Internos, obligándola y ejerciendo derechos para todos los efectos legales con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA VERGARA SpA” y tiene su domicilio en la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.; duración de la sociedad será indefinida; el objeto de la sociedad será, sea por cuenta propia o ajena del rubro inmobiliario; capital y acciones: El capital social es la suma de TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS, que se entera mediante el aporte en dominio y propiedad de los bienes inmuebles especificados en el estatuto social, responsabilidad los accionistas serán sólo responsables hasta el monto de sus aportes respectivos en la sociedad; la Administración y uso del nombre social. Administrará la sociedad, la representará y usará su nombre un Administrador único o Gerente General, que durará en sus funciones por el plazo de cinco años y que será designado por la Junta General Ordinaria de Accionistas, la que podrá reelegirlo indefinidamente y fijará el monto de su remuneración. El Administrador o Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial, y hoy su designación según su articulado transitorio recae en el señor FERNANDO JAVIER VERGARA SARAVIA, quien representando a la sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, se encuentra investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen esta circunstancia,.quedando en consecuencia facultado para ejecutar todos los actos y contratos que estime convenientes para la realización de los negocios sociales y la inversión de los recursos de la compañía. Demás facultades según estatuto; De la disolución y liquidación. La sociedad se disolverá y liquidará por acuerdo de la junta general extraordinaria de accionistas y en lo demás casos establecidos por la ley. No es causal de disolución de la sociedad, la circunstancia de reunirse todas las acciones en un mismo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en O’Higgins Nº820, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de Febrero de 2019, ante mi, Repertorio Nº871/19, don FERNANDO JAVIER VERGARA SARAVIA, chileno, carné y rut número dieciséis millones ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y dos guión cuatro, ingeniero comercial, soltero, con domicilio en calle Camino del Amanecer mil ochocientos noventa, departamento doscientos dos, Concepción, constituyó sociedad por acciones, en conformidad a los artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis, párrafo octavo, Libro II del Código de Comercio, y sus estatuto: Nombre, domicilio, duración y objeto. La sociedad se denomina INMOBILIARIA VERGARA SpA, pudiendo actuar ante cualquiera persona o institución, pública o privada, y en especial ante el Servicio de Impuestos Internos, obligándola y ejerciendo derechos para todos los efectos legales con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA VERGARA SpA” y tiene su domicilio en la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.; duración de la sociedad será indefinida; el objeto de la sociedad será, sea por cuenta propia o ajena del rubro inmobiliario; capital y acciones: El capital social es la suma de TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS, que se entera mediante el aporte en dominio y propiedad de los bienes inmuebles especificados en el estatuto social, responsabilidad los accionistas serán sólo responsables hasta el monto de sus aportes respectivos en la sociedad; la Administración y uso del nombre social. Administrará la sociedad, la representará y usará su nombre un Administrador único o Gerente General, que durará en sus funciones por el plazo de cinco años y que será designado por la Junta General Ordinaria de Accionistas, la que podrá reelegirlo indefinidamente y fijará el monto de su remuneración. El Administrador o Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial, y hoy su designación según su articulado transitorio recae en el señor FERNANDO JAVIER VERGARA SARAVIA, quien representando a la sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, se encuentra investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen esta circunstancia,.quedando en consecuencia facultado para ejecutar todos los actos y contratos que estime convenientes para la realización de los negocios sociales y la inversión de los recursos de la compañía. Demás facultades según estatuto; De la disolución y liquidación. La sociedad se disolverá y liquidará por acuerdo de la junta general extraordinaria de accionistas y en lo demás casos establecidos por la ley. No es causal de disolución de la sociedad, la circunstancia de reunirse todas las acciones en un mismo accionista.. El capital social pactado se suscribe y paga por don FERNANDO JAVIER VERGARA SARAVIA, en la forma establecida en su articulo cuarto. De tal manera que el capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Se designa provisoriamente como administrador único o gerente general de la sociedad a FERNANDO JAVIER VERGARA SARAVIA, ya individualizado, con todas las facultades indicadas en los artículos séptimo y octavo de los estatutos sociales, hasta que se proceda al nombramiento del Administrador único o gerente general definitivo por la Junta General Ordinaria de Accionistas, conforme al procedimiento establecido en el artículo séptimo del estatuto social. CONCEPCIÓN, 07 de Marzo de 2019.