IMPORT - EXPORT GANDAHARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2011
- Notario
- MONICA VENEGAS DE LA FUENTE
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMONICA VENEGAS DE LA FUENTE, Notario Público Iquique, Suplente de Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto 555, Certifico: Por escritura publica hoy ante mí, MARIA NARDA CAMACHO DE RAJA, y TAHIR MAHMOOD RAJA, por si y en representación, de ASHFAQ AHMAD, y de QAMAR SHAHZAD RAJA, todos para estos efectos Av. Cerro Dragón 3530, Iquique, modifican sociedad IMPORT - EXPORT GANDAHARA LIMITADA, nombre fantasía G.T. LTDA., constituida escritura pública fecha 27 Octubre 2011, ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto se inscribió a fojas 1772 Vta, No. 1689, Registro Comercio Iquique año 2011, y se publicó en Diario Oficial fecha 16 Noviembre 2011. Sentido de que, el socio ASHFAQ AHMAD, a través de su representante, vende, cede y transfiere el 80,39% de sus derechos y acciones en la sociedad, equivalen 41% del total de la misma, a MARIA NARDA CAMACHO DE RAJA, quien, compra, acepta y adquiere para sí; Asimismo, socio ASHFAQ AHMAD, a través de su representante, vende, cede y transfiere el restante 19,61% de sus derechos y acciones en la sociedad, equivalen 10% del total de la misma, a TAHIR MAHMOOD RAJA, quien a su vez, compra, acepta y adquiere para sí. Con modificación social expresada, sale de la sociedad y se retiran de ella dejando de ser socio de la misma ASHFAQ AHMAD, quedando sociedad IMPORT - EXPORT GANDAHARA LIMITADA, nombre fantasía G.T. LTDA., constituida por tres únicos socios: QAMAR SHAHZAD RAJA, dueño 24,5% de los derechos y acciones en sociedad; MARIA NARDA CAMACHO DE RAJA, dueña 65,5% de los derechos y acciones en la sociedad; y TAHIR MAHMOOD RAJA, dueño del 10% de los derechos y acciones en la sociedad. Los actuales socios modifican la sociedad, sentido que administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios, es decir a don QAMAR SHAHZAD RAJA, doña MARIA NARDA CAMACHO DE RAJA, y don TAHIR MAHMOOD RAJA, quienes en forma conjunta, separada e indistintamente, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán amplias facultades. En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 05 de Marzo de 2019.-