MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GIMNASIO 300 SPORT LIMITADA

RUT 76316387-3 CVE 1559176
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2013
Notaría
Buin

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2013
Notario
Pedro Hernán Álvarez Lorca
Oficio
Primera Notaria de Buin
Comuna
Buin

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, Local 5, certifico que por escritura hoy ante mí: don FELIPE JUVENAL VERA CASANOVA, chileno, soltero, técnico a nivel superior en actividad física, C.I.N° 13.820.487-1, domiciliado en Santa Ana de Chena N° 107, comuna de Maipú, de paso en esta; don MARCELO ANDRES CACERES YANGUAS, chileno, soltero, técnico a nivel superior en actividad física, C.I.N° 17.597.029-0, domiciliado en Las Colonias de Paine, Parcela 2-A, comuna de Paine, y doña OLGA MARGARITA VALENTINA YANGUAS ERASO, chilena, casada, administrativa, C.I.N° 7.031.674-9, domiciliada en Las Colonias Parcela 2A, comuna de Paine; modifican sociedad la sociedad denominada "GIMNASIO 300 SPORT LIMITADA", nombre de fantasía “300 SPORT LTDA.” RUT N° 76.317.387-3, la que fue constituida por escritura pública de fecha 28 de Noviembre del año 2013, otorgada en esta misma Notaria, ante el notario que autoriza, cuyo extracto se inscribió a fojas 93.344, número 60.841, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, rectificada a fojas 95.747 número 62.430 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013 y se publicó en el Diario Oficial de la República con fecha 06 de Diciembre del año 2013, edición número 40.725 y su rectificación con fecha 12 de Diciembre del año 2013 edición 40.730; Posteriormente fue modificada por escritura pública otorgada en esta misma notaria, ante el notario que autoriza, con fecha 16 de Diciembre de 2016, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 95.258 número 51.935 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, el cual se publicó en Diario Oficial de la Republica con fecha 09 de Marzo de 2017 bajo la edición número 41.704; dicha modificación fue saneada por escritura pública otorgada en esta misma notaria, ante el notario que autoriza, con fecha 14 de Marzo de 2017, cuyo extracto se inscribió a fojas 23.199 número 12.893 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017 y publicada en el Diario Oficial con fecha 22 de Marzo de 2017, bajo la edición número 41.715. El capital social corresponde a la suma de $12.000.000. Modificar la sociedad antes indicada de la siguiente manera: a) El socio don FELIPE JUVENAL VERA CASANOVA dueño del 30% del total del capital y derechos sociales, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos esto es el 30% del total del capital social al socio don MARCELO ANDRES CACERES YANGUAS, quien los compra, adquiere y recibe para sí, por el precio de $3.600.000 pagados en este acto al contado en dinero en efectivo, suma que declara recibir a entera satisfacción y conformidad; y doña OLGA MARGARITA VALENTINA YANGUAS ERASO, dueña del 60% del total del capital y derechos sociales, quien vende, cede y transfiere el 10% de sus derechos al socio don MARCELO ANDRES CACERES YANGUAS, por el precio de $1.200.000 pagados en este acto al contado en dinero en efectivo, suma que declara recibir a entera satisfacción y conformidad. Las utilidades y pérdidas serán repartidas y soportadas por los socios a prorrata de sus respectivos aportes. En lo sucesivo y como consecuencia de la cesión antes mencionada, la sociedad queda constituida de la siguiente manera: El socio don Marcelo Andres Caceres Yanguas dueño del 50% del capital y de los derechos sociales, y doña Olga Margarita Valentina Yanguas Eraso, dueña del 50% del capital y de los derechos sociales.- ADMINISTRACIÓN; El uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad, seguirá tal cual como lo señala en la cláusula QUINTO del pacto constitutivo otorgado por escritura pública de fecha 28 de Noviembre del año 2013, otorgada en esta misma Notaria, cuyo extracto se inscribió a fojas 93.344, número 60.841, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, rectificada a fojas 95.747 número 62.430 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013; correspondiendo a ambos socios señalados precedentemente, en los términos, condiciones y facultades allí indicados.- En todo lo no modificado en la cláusula segunda de este instrumentos se mantiene plenamente vigente el estatuto social de la compañía, reiterándose que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. En Buin, 21 de Febrero de 2019.