CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ESTACIONAMIENTO CENTRO LAS RASTRAS SpA

CVE 1559137
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
4 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de marzo de 2019
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Ley aplicable
Ley 20.190

Objeto social

El objeto de la sociedad será (A) El arrendamiento, inversión, compra y venta, y en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, especialmente de estacionamientos, su explotación de cualquier forma, directamente o a través de terceros, la subdivisión, urbanización, la administración y percepción de sus frutos, se incluye el desarrollo de proyectos, construcción o hacer construir en cualquier forma y en cualquier clase de bienes inmuebles o muebles; (B) El servicio de corretaje de propiedades, por cuenta propia o ajena, pudiendo vender, dar en arriendo, administrar, publicitar o dar a conocer cualquier tipo de bien inmobiliario; asimismo, podrá dar asesorías en el ámbito inmobiliario, efectuar tasaciones e inspección técnica de inmuebles; y en general, la inversión, coordinación y desarrollo, en cualquiera de sus formas y por cualquier medio, de la actividad inmobiliaria; (C) Además, podrá invertir en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, de cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; (D) Asimismo, se incluye la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo por cuenta propia o de terceros, tales como el arriendo de instalaciones y de oficinas, locales comerciales, zonas para lavado o limpieza de automóviles, para la prestación de servicios mecánicos o automotrices, de servicios de aseo y de transporte; (E) Se comprende también la administración por cuenta propia o de terceros, de edificios, condominios y comunidades en general, regidos por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria; y, (F) Finalmente, podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro inmobiliario y que los accionistas determinen de común acuerdo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público titular de la 41 Notaría de Santiago, Huérfanos 1.160, subsuelo, Santiago, certifica por escritura pública de hoy, ante mí, JOANNA CLAUDIA CLARA WEINSTEIN ENGEL y MARCELO CARLOS PEDRO LETELIER SIVORI constituyeron sociedad por acciones, Ley 20.190, con los siguientes estatutos: Razón social: ESTACIONAMIENTO CENTRO LAS RASTRAS SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será (A) El arrendamiento, inversión, compra y venta, y en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, especialmente de estacionamientos, su explotación de cualquier forma, directamente o a través de terceros, la subdivisión, urbanización, la administración y percepción de sus frutos, se incluye el desarrollo de proyectos, construcción o hacer construir en cualquier forma y en cualquier clase de bienes inmuebles o muebles; (B) El servicio de corretaje de propiedades, por cuenta propia o ajena, pudiendo vender, dar en arriendo, administrar, publicitar o dar a conocer cualquier tipo de bien inmobiliario; asimismo, podrá dar asesorías en el ámbito inmobiliario, efectuar tasaciones e inspección técnica de inmuebles; y en general, la inversión, coordinación y desarrollo, en cualquiera de sus formas y por cualquier medio, de la actividad inmobiliaria; (C) Además, podrá invertir en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, de cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; (D) Asimismo, se incluye la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo por cuenta propia o de terceros, tales como el arriendo de instalaciones y de oficinas, locales comerciales, zonas para lavado o limpieza de automóviles, para la prestación de servicios mecánicos o automotrices, de servicios de aseo y de transporte; (E) Se comprende también la administración por cuenta propia o de terceros, de edificios, condominios y comunidades en general, regidos por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria; y, (F) Finalmente, podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro inmobiliario y que los accionistas determinen de común acuerdo.. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas de una sola clase, sin valor nominal, completamente suscrito y pagado en dinero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 4 de marzo de 2019. FÉLIX JARA CADOT. N.P.