Instrumento
- Fecha
- 7 de marzo de 2019
- Notario
- GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Concepción
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y administrarlas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la prestación de los servicios profesionales de asesoría y consultoría en materias tributarias, contables, legales, financieras, de comercio exterior, seguros, inversiones, y todo lo relacionado con la gestión empresarial, sea a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; la administración de empresas, negocios y contratos, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios y asesorías en materias inmobiliarias; la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras dedicadas a la consultoría y asesorías, y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos del mismo rubro; la compra, venta, comercialización, intermediación, corretaje, importación, exportación y distribución de toda clase de bienes; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, incluyendo la explotación en cualquier forma de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario. En general, podrá emprender cualquier otra actividad comercial, industrial o de prestación de servicios que la administración acuerde realizar
Administración
La sociedad será administrada, y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General. Se designa como Gerente General a don Richard Humberto Becerra Ramos, para actuar en representación de la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo del presente estatuto social.- Se facultó para inscribir
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA, por escritura pública 7 de marzo 2019 ante mí, RICHARD HUMBERTO BECERRA RAMOS, C.I.N°10.460.674-1, con domicilio en Coronel, Parcela N° 27, Parque Industrial Escuadrón, viene en constituir una sociedad por acciones, que se regirá por los dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, por las disposiciones que le fueren aplicables de la Ley N°18.046, y en especial por el siguiente estatuto.- NOMBRE o RAZÓN SOCIAL: “EQUIPSA INVERSIONES SpA”. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Concepción, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país o en el extranjero.- DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y administrarlas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la prestación de los servicios profesionales de asesoría y consultoría en materias tributarias, contables, legales, financieras, de comercio exterior, seguros, inversiones, y todo lo relacionado con la gestión empresarial, sea a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; la administración de empresas, negocios y contratos, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios y asesorías en materias inmobiliarias; la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras dedicadas a la consultoría y asesorías, y asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos del mismo rubro; la compra, venta, comercialización, intermediación, corretaje, importación, exportación y distribución de toda clase de bienes; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, incluyendo la explotación en cualquier forma de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario. En general, podrá emprender cualquier otra actividad comercial, industrial o de prestación de servicios que la administración acuerde realizar.- CAPITAL: $3.000.000.-, dividido en 3.000 acciones ordinarias y nominativas de una sola serie, sin valor, nominal.- CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social de $3.000.000.-, divididos en 3.000 acciones ordinarias, nominativas sin valor nominal, se suscribe en su totalidad, por don Richard Humberto Becerra Ramos, quien paga en este acto en dinero efectivo, 3.000 acciones por un valor de $3.000.000.- En consecuencia, queda enteramente suscrito y pagado el capital social.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada, y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General. Se designa como Gerente General a don Richard Humberto Becerra Ramos, para actuar en representación de la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo octavo del presente estatuto social.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 8 de Marzo de 2019.