COMERCIAL ALEJANDRO RIQUELME GONZALEZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2019
- Notario
- Abogado
- Domicilio
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de Puerto Montt, Urmeneta N°414, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí; don CRISTIAN ALEJANDRO RIQUELME GONZALEZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones sesenta y cuatro mil quinientos cuarenta y dos guion tres, domiciliado calle Dalcahue número cuatrocientos sesenta y ocho, Puerto Montt; y CLAUDIO FRANCISCO RIQUELME GONZALEZ, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos treinta y tres mil novecientos treinta y siete guion cero, domiciliado en calle Dalcahue número cuatrocientos sesenta y ocho, Puerto Montt vienen en rectificar y sanear “COMERCIAL ALEJANDRO RIQUELME GONZALEZ E.I.R.L.” o “COMERCIAL FULL FITTING E.I.R.L.”, actualmente “COMERCIAL FULL FITTING LIMITADA”, Rut 76.384.107.3; de conformidad a la normativa vigente, escritura pública suscrita con fecha veinte de octubre del año dos mil catorce, ya mencionada, y en el siguiente sentido: Donde dice: “ARTICULO TERCERO: El domicilio de la Empresa es la comuna y ciudad de Puerto sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.” Debiendo decir: “ARTICULO TERCERO: El domicilio de la Empresa es la comuna y ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.” Por otra parte vienen en sanear transformación efectuada mediante escritura pública de fecha once de enero del año dos mil diecisiete, celebrada ante el notario Público de Puerto Montt, don Víctor Quiñonez Sobarzo, a la sociedad ya individualizada, en el sentido que la inscripción ante el Registro de Comercio se efectuó fuera del plazo establecido por la Ley. Se deja constancia que el capital se mantiene en la suma de $3.000.000.- En lo no modificado, rectificado o saneado se mantiene lo del pacto constitutivo. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Montt, 24 de enero de 2019.