VICTOR HUGO SARABIA AGUILAR, ASESORIA, ADMINISTRACION Y EXPLOTACION DEPORTIVAS Y DE ESPARCIMIENTO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ABNER POZA MATUS
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER POZA MATUS, Abogado, Notario Público Iquique, con oficio en calle Serrano Nº 191, certifico, que por escritura ante mi suplente don DARIO CHACON VICENTELO con fecha 05 de Marzo del 2019: don VICTOR HUGO SARABIA AGUILAR, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 15.685.534-0, de 35 años de edad, domiciliado para estos efectos en Avenida Arturo Prat número 1060, departamento 1201, de la Ciudad de Iquique; mayor de edad; viene en modificar la empresa individual de responsabilidad limitada, denominada como “VICTOR HUGO SARABIA AGUILAR, ASESORIA, ADMINISTRACION Y EXPLOTACION DEPORTIVAS Y DE ESPARCIMIENTO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “MAX - SPORTS E.I.R.L.”, Rut 76.105.369-8, Capital Social: $10.000.000.- inscrita a fjs. 1068 vta Nº 915 en el Registro de Comercio de la ciudad de Iquique correspondiente al año 2010; en el siguiente sentido: Modifican la clausula tercera en el sentido de ampliar el giro, agregando a los ya indicados en dicha clausula, el siguiente: "La compra, venta, importación, exportación, reexpedición de toda clase de bienes, sea por cuenta propia o ajena. También podrá dedicarse al rubro de asesorías inmobiliaria, corretaje de propiedades e inversiones en bienes raíces, sea por cuenta propia o de terceros. Asimismo cualquier otro negocio licito que decida el constituyente realizar en el futuro.".- Asimismo el constituyente modifica la clausula quinta de la constitución de sociedad en el sentido que se aumentara el capital social a la suma de cincuenta millones de pesos, aportando el constituyente en este acto y en dinero en efectivo en la caja de la empresa la suma de cuarenta millones de pesos.- Finalmente viene en modificar la clausula novena del pacto social primitivo en el sentido que el domicilio será la comuna de Iquique, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 07 de Marzo del 2019.-