MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MOYA, ROJAS, SALAS Y YAGUAR COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76837588-7 CVE 1558574
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de enero de 2018
Notaría
Quilpué de don Carlos Swett

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2018
Repertorio
228
Notario
RICARDO ROJAS PUGA
Domicilio
Quilpué
Comuna
Quilpué de don Carlos Swett

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SALAS Y YAGUAR COMPAÑÍA LIMITADA socio 76837588-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO ROJAS PUGA, Notario Público Quilpué, Diego Portales 790, segundo piso, Suplente del titular don CARLOS SWETT MUÑOZ, CERTIFICA: Por escritura hoy ante mí, don SERGIO ANTONIO RAMÍREZ PÉREZ, cédula de identidad y Rut N° 13.986.717-3, domiciliado en calle Guillermo Münich número doscientos cuatro, departamento cuatrocientos doce, Edificio Mirador del Puerto, Cerro Alegre, Valparaíso; quien actúa en representación de: don ANDRÉS ADONIS ROJAS VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad y Rut N° 14.029.333-4, domiciliado en Mirasol número mil quinientos veinte, comuna de Pudahuel; don MAXCHRISTIAN SALAS REINCHENBERGER, cédula nacional de identidad y Rut N° 17.699.855-5, domiciliado en calle Ocho número trescientos setenta y siete, comuna de Concón; don JOSÉ GABRIEL YAGUAR CAMPOVERDE, cédula nacional de identidad y Rut N° 14.733.912-7, domiciliado en calle Las Rosas número setecientos sesenta y cinco, comuna de Quilpué; doña PAOLA ANDREA ALIAGA CARVAJAL, cédula nacional de identidad y Rut N° 12.614.624-8, domiciliada en calle Andrés Bello número cien, comuna de Viña del Mar; don JUAN DAVID MEJÍA ESPINOZA, cédula de identidad y Rut para extranjeros N° 25.204.686-1, domiciliado en calle Garay número mil ciento setenta y tres, comuna de Quilpué; don JOHNNY EDUARDO JURADO ARTURO, cédula de identidad y Rut para extranjeros N° 25.331.516-4, domiciliado en Avenida Blanca Estela número mil trescientos cincuenta y uno, casa doce, comuna de Concón; don ARTURO NARCISO DE LÁZARO SUÁREZ, cédula de identidad y Rut para extranjeros N° 26.068.978-9, domiciliado en calle Siete Norte número mil cuatrocientos uno departamento trescientos siete, Edificio Sporting, comuna de Viña del Mar; doña ELSA GABRIELA BARRIOS ESPINOZA, cédula nacional de identidad y Rut N° 17.120.548-4 domiciliada en calle Las Golondrinas número mil setecientos treinta y uno, departamento ochocientos seis, Reñaca, comuna de Viña del Mar; doña NICOLE ALEJANDRA HUET MUNILLA, cédula nacional de identidad y Rut N° 16.887.684-K, domiciliada en calle Las Pimpinelas número quinientos cincuenta, departamento D quinientos cuatro, comuna de Concón; y don OLIVER VINCENT VILLA GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad y Rut N° 17.120.195-0, domiciliado en calle Cuatro Norte número mil noventa y cuatro, departamento mil quinientos dos, comuna de Viña del Mar; quien declara que por escritura pública de fecha 22 de enero de 2018, Repertorio N° 228, otorgada en la Notaría de Quilpué de don Carlos Swett Muñoz, se modificó la sociedad SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MOYA, ROJAS, SALAS Y YAGUAR COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.837.588-7, transformándose en una sociedad por acciones, cuya razón social es “MUQ SERVICIOS MÉDICOS SpA”y su capital social asciende a la suma de $1.000.000. Un extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 23 de febrero de 2019. Dicha publicación se realizó fuera de plazo y el extracto a la fecha no se ha inscrito en el Registro de Comercio respectivo. Atendido lo expuesto anteriormente y, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.499 y el inciso segundo del artículo 428 del Código de Comercio, el compareciente en representación de todos los socios y/o accionistas de la sociedad SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MOYA, ROJAS, SALAS Y YAGUAR COMPAÑÍA LIMITADA, actualmente denominada “MUQ SERVICIOS MÉDICOS SpA”, viene en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió, puesto que se publicó fuera del plazo legal y se omitió la inscripción del referido extracto en el Registro de Comercio del Conservador competente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Quilpué, 5 Marzo 2019.-