AGROINDUSTRIAL PURA VIDA ALIMENTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2019
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social es la ciudad de Villarrica
- Duración
- La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a.-La explotación, ya sea por cuenta propia o ajena, de la actividad agroindustrial en inmuebles agrícolas de la sociedad o de terceros, para lo cual esta última podrá comprar, adquirir, vender, enajenar, y, en general comercializar toda clase de productos y subproductos agroindustriales; b.- Comprar, adquirir, vender, enajenar, arrendar y administrar bienes raíces agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo explotarlos, cultivarlos y equiparlos con todo tipo de maquinarias, productos, animales y enseres destinados directa e indirectamente a la explotación agrícola, industrial, ganadera, forestal y comercial; y, c.- Elaborar, industrializar, envasar, distribuir y comercializar, importar y exportar cultivos, productos agrícolas, forestales, ganaderos, agropecuarios y, en general, todo tipo de productos y subproductos agroindustriales. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden las socias. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar o ingresar a toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, tecnólogo marino, C.I. N° 10.266.578-3, quien anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o inicio de cualquier procedimiento contemplado en la Ley número veinte mil setecientos veinte respecto del administrador antes designado, la administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a las consocias
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.I. N°11.501.993-7; doña JAVIERA DE LOS ÁNGELES RUIZ EBNER, chilena, soltera, kinesióloga, C.I. N°17.880.805-2; y, doña LORETO ISABEL RUIZ EBNER, chilena, soltera, estudiante, C.I. N° 18.721.377-0, todas domiciliadas en Camino a Colonia Huincacara, Kilómetro 8, comuna y ciudad de Villarrica, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: AGROINDUSTRIAL PURA VIDA ALIMENTOS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de PURA VIDA LTDA. Objeto: Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a.-La explotación, ya sea por cuenta propia o ajena, de la actividad agroindustrial en inmuebles agrícolas de la sociedad o de terceros, para lo cual esta última podrá comprar, adquirir, vender, enajenar, y, en general comercializar toda clase de productos y subproductos agroindustriales; b.- Comprar, adquirir, vender, enajenar, arrendar y administrar bienes raíces agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo explotarlos, cultivarlos y equiparlos con todo tipo de maquinarias, productos, animales y enseres destinados directa e indirectamente a la explotación agrícola, industrial, ganadera, forestal y comercial; y, c.- Elaborar, industrializar, envasar, distribuir y comercializar, importar y exportar cultivos, productos agrícolas, forestales, ganaderos, agropecuarios y, en general, todo tipo de productos y subproductos agroindustriales. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden las socias. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar o ingresar a toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social es la suma de $3.000.000 que las socias aportan y enteran en la forma siguiente: 1.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, aporta la suma de $750.000, equivalente al 25% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; 2.- Doña JAVIERA DE LOS ÁNGELES RUIZ EBNER, aporta la suma de $1.500.000, equivalente al 50% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y 3.- Doña LORETO ISABEL RUIZ EBNER, aporta la suma de $750.000, equivalente al 25% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de las socias queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, tecnólogo marino, C.I. N° 10.266.578-3, quien anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o inicio de cualquier procedimiento contemplado en la Ley número veinte mil setecientos veinte respecto del administrador antes designado, la administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a las consocias. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 22 de Febrero de 2019.-