MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Specialty Products Chile Comercial Limitada

RUT 76604867-6 CVE 1557578
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
27 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2019
Notario
Raúl Undurraga Laso
Oficio
29° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, Notario Público de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 27 de Febrero de 2019, ante mí, DDP Specialty Electronic Materials US 7, LLC, sociedad constituida y existente de conformidad a las leyes del estado de Delaware, Estados Unidos de América, domiciliada en 2030 Dow Center, Midland, Michigan 48674, Estados Unidos de América; y DDP Specialty Electronic Materials US, Inc., sociedad constituida y existente de conformidad a las leyes del estado de Delaware, Estados Unidos de América, domiciliada en 400 Arcola Road, Collegeville, Pennsylvania 19426, Estados Unidos de América, modificaron la sociedad “Specialty Products Chile Comercial Limitada”, inscrita a fojas 71.958 número 38.794 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016, en el sentido de aumentar el capital social de la suma de US$1.000, a la suma de US$1.001.000. Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital social será la suma de un millón mil dólares de los Estados Unidos, capital que a la fecha se encuentra íntegramente pagado y que los socios han aportado y enterado como sigue: DDP Specialty Electronic Materials US 7, LLC, con la suma de novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve dólares de los Estados Unidos equivalente a noventa y nueve coma nueve por ciento del capital social; y DDP Specialty Electronic Materials US, Inc. con la suma de mil un dólares de los Estados Unidos equivalente al cero coma uno por ciento del capital social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto de la escritura pública para legalizar la reforma. Santiago, 4 de Marzo de 2019.