SOCIEDAD INMOBILIARIA BAEZA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2019
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación de comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, certifico que por escritura pública de fecha 04 de Marzo de 2019, otorgada ante mí: don EDUARDO ANDRÉS BAEZA SAN MARTIN, domiciliado en Temuco, calle Monte Sabinos número quinientos diez, Departamento trescientos dos y don FERNANDO BAEZA SAN MARTIN domiciliado en Temuco, calle Monte Sabinos número quinientos diez, Departamento quinientos tres D, constituyeron "SOCIEDAD INMOBILIARIA BAEZA LIMITADA" o “BAEZA INMOBILIARIA LTDA”. Objeto de la sociedad: será el desarrollo de las siguientes actividades: la compraventa, adquisición, comercialización, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, uso, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la gestión de corretaje de propiedades; el estudio por cuenta propia o ajena de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, económicos o financieros, y prestación de asesorías y consultoría en tales materias; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; inversiones de capitales en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como por ejemplo: acciones, bonos, debentures; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con tercero y, en general podrá ejecutar todo tipo de acto, actividad o contrato licito necesario para la ejecución de los objetos sociales señalados, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios de manera conjunta, quienes anteponiendo -a la firma de ellos - la razón social, obligarán y representarán a la sociedad. Capital: $10.000.000 que se aportan de la siguiente forma: A) Don EDUARDO ANDRÉS BAEZA SAN MARTIN, aporta y entera la cantidad total de cinco millones de pesos los cuales también se enteraron a la firma de la escritura de constitución de sociedad a la caja social, al contado, y B) Don FERNANDO BAEZA SAN MARTIN aporta también la cantidad total de cinco millones de pesos, los cuales también se enteraron a la firma de la escritura de constitución de sociedad a la caja social, al contado. Utilidades y perdidas: Las utilidades se repartirán entre los socios por partes iguales para ambos, esto es, un cincuenta por ciento para cada uno. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la misma proporción en que se repartirán las utilidades. Domicilio social: Temuco, sin perjuicio de sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Inicio de sociedad: Desde fecha de escritura de constitución. Duración de sociedad: 5 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de 5 años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 06 de Marzo de 2019.