Redwes Corredores de Seguros SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2019
- Repertorio
- 1321-2019
- Notario
- CLOVIS TORO CAMPOS
- Oficio
- 13 Notaria de Santiago con oficio en calle Compañía Nº 1312
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
Articulo Octavo de los Estatutos Sociales, en los términos que pasan a expresarse: Se reemplaza el TITULO TERCERO
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Redwes Financial Solutions S.A | socio | 76847481-8 | — | — | |
| Sociedad del giro de su denominación | socio | 76860387-1 | 100% | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLOVIS TORO CAMPOS, Notario Público, Titular 13 Notaria de Santiago con oficio en calle Compañía Nº 1312, comuna de Santiago, certifica: Que por Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de Febrero de 2019 y reducida a escritura pública de fecha 28 de Febrero de 2019, bajo el repertorio Nº 1.321-2019, ante mí: Redwes Financial Solutions S.A., RUT Nº 76.847.481-8 por 700 acciones; y Business Pro SpA RUT Nº 76.420.102-7 por 300 acciones. Modificaron sociedad “REDWES CORREDORES DE SEGUROS SpA”, constituida mediante escritura publica de fecha 2 de Abril del año 2018, otorgada ante el Notario Publico Titular de la 34 Notaria de Santiago Eduardo Diez Morello bajo el repertorio Nº 6.054-2018, publicada en el Comercio a fojas 25.079 Nº 13.321 del año 2018. Sociedad del giro de su denominación, RUT 76.860.387-1. Modificaciones: Los comparecientes que declaran representar el 100% de las acciones de la sociedad antes singularizada y de conformidad al articulo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, vienen en modificar el estatuto social en el sentido modificar la forma de administración de la sociedad consagrada en el TITULO TERCERO. ADMINISTRACIÓN: Articulo Octavo de los Estatutos Sociales, en los términos que pasan a expresarse: Se reemplaza el TITULO TERCERO. ADMINISTRACIÓN: Articulo Octavo por el siguiente “Articulo Octavo: La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente General, que ejerciendo sus facultades de administración, representara además legalmente a la sociedad. El Gerente General podrá ser accionista o no de la sociedad y debe ser elegido por la Junta de Accionistas”. Capital: $1.000.000. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del Estatuto Social primitivo. Demás estipulaciones que no son materia de extracto y demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En Santiago, 28 de Febrero de 2019.-