INVERSIONES ALVIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2019
- Repertorio
- 11412
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que se le ponga término de forma señalad en la escritura extractada
Objeto social
a) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, y b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia a dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Para el cumplimiento de sus objetos, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales o cuotas en ellos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades y participar en ellos; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases y, en general, ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar todas aquellas actividades vinculadas, conducentes, necesarias y)o que los socios estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la sociedad, pudiendo invertir los fondos disponibles de la misma y comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones, así como garantizar obligaciones de los socios, constituyéndose la sociedad en aval, codeudora solidaria o fiador, u otorgando cualquier otro tipo de garantías reales o personales, pudiendo para tales efectos hipotecar, prendar y gravar en cualquier forma los bienes sociales
Administración
el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderán indistintamente a los socios doña Daniela Beatriz Rosas Langevin y don Héctor Rodrigo Alvial Chacón
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura de 27 de febrero de 2019, repertorio N°11.412, ante mí, Daniela Beatriz Rosas Langevin y Héctor Rodrigo Alvial Chacón, ambos domiciliados en Los Nogales 12, Condominio Tierras Lindas, Colina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: INVERSIONES ALVIAL LIMITADA, pudiendo usar para fines comerciales o bancarios y como nombre de fantasía en general, la abreviatura "Alvial Ltda.", cuyo uso obligará a la sociedad en los mismos términos que el uso de la razón social completa. Objeto: a) Invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, y b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia a dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Para el cumplimiento de sus objetos, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales o cuotas en ellos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades y participar en ellos; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases y, en general, ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar todas aquellas actividades vinculadas, conducentes, necesarias y/o que los socios estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la sociedad, pudiendo invertir los fondos disponibles de la misma y comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones, así como garantizar obligaciones de los socios, constituyéndose la sociedad en aval, codeudora solidaria o fiador, u otorgando cualquier otro tipo de garantías reales o personales, pudiendo para tales efectos hipotecar, prendar y gravar en cualquier forma los bienes sociales. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que se le ponga término de forma señalad en la escritura extractada. Capital: $1.000.000, que los socios se obligan a enterar de la siguiente manera: a) Daniela Beatriz Rosas Langevin, mediante el aporte de $500.000, en dinero efectivo, cantidad que se obliga a enterar dentro del plazo de 5 años, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, correspondiéndole, por tanto, el 50% de los derechos sociales, y b) Héctor Rodrigo Alvial Chacón, mediante el aporte de $500.000, en dinero efectivo, cantidad que se obliga a enterar dentro del plazo de 5 años, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, correspondiéndole, por tanto, el 50% de los derechos sociales. Administración: el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderán indistintamente a los socios doña Daniela Beatriz Rosas Langevin y don Héctor Rodrigo Alvial Chacón. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de marzo de 2019.