CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FRIGO SUR LIMITADA

RUT 10938705-3 CVE 1558074
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2019
Notaría
Chillan
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2019
Comuna
Chillan

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Doctor Villagra N°293, COMUNA DE Bulnes
Duración
30 años contados desde la fecha de Escritura, prorrogables tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Responsabilidad Limitada hasta la concurrencia monto

Objeto social

Elaboración de cecinas y productos cárnicos, elaboración de otros productos alimenticios, y cualquier otro objeto social que las partes estiman necesarias y puedan agregar en el futuro. Administración y Uso de

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Gustavo Alejandro Vidal Ávila socio 10938705-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Don GERARDO ALFREDO CORTES GASAUI Notario Público TITULAR de la primera Notaria de Chillan, certifica: Por Escritura Pública ante mí, de fecha cinco de marzo de dos mil diecinueve, don Martin Raúl Ojeda, por si y en representación de don Gustavo Alejandro Vidal Ávila, comerciante, CI 10.938.705-3, y de don Julio Clodomiro Vidal Ávila, comerciante, CI10.938706-3, ambos domiciliados en Gustavo Rubio 1680 de Puerto Aysén, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada. Nombre: Sociedad Frigo Sur Limitada o “FRIGO SUR LIMITADA”. Domicilio: Doctor Villagra N°293, COMUNA DE Bulnes, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros puntos del territorio nacional o extranjero. Objeto: Elaboración de cecinas y productos cárnicos, elaboración de otros productos alimenticios, y cualquier otro objeto social que las partes estiman necesarias y puedan agregar en el futuro. Administración y Uso de Razón Social: Corresponde a Martin Raúl Ojeda, sin perjuicio de las labores y/o acciones que puedan ejercer los otros socios para el correcto funcionamiento de la sociedad. Capital: Martin Raúl Ojeda $2.000.000.- efectivo este acto, 33,3%; Gustavo Alejandro Vidal Ávila $2.000.000.- efectivo este acto, 33,3%; Julio Clodomiro Vidal Ávila $2.000.000,- efectivo este acto, 33,3%.- Plazo: 30 años contados desde la fecha de Escritura, prorrogables tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Responsabilidad Limitada hasta la concurrencia monto capital. Demás estipulaciones escritura extractada,- Chillán, 05 de marzo de 2019.