MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DODDS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76220751-6 CVE 1558069
Capital
$1.333.333 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2012
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2012
Notario
HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA
Domicilio
Osorno
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.333.333 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, Eleuterio Ramírez 910, Osorno, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, CRISTIAN RODRIGO DODDS ROSAS, CHRISTIAN JAVIER DODDS SALAZAR y BARBARA CONSTANZE DODDS SEEGER, todos domiciliados, para estos efectos, en Escandinavia Nº 350, departamento 801, comuna de Las Condes, Santiago, de paso en ésta, modificaron sociedad DODDS Y COMPAÑÍA LIMITADA o DODDS ABOGADOS LTDA., constituida por escritura pública otorgada con fecha 7 de agosto de 2012, ante el Notario Titular de la Primera Notaría de Santiago, don Hernán Cuadra Gazmuri, cuyo extracto se encuentra inscrito a fs. 54.334 Nº 38.027 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Comercio de Santiago y fue publicado en el Diario Oficial en su edición Nº 40.335 de fecha 11 de agosto de 2012. Modificaciones consisten: A.- Don CRISTIAN RODRIGO DODDS ROSAS cede y transfiere a doña BARBARA CONSTANZE DODDS SEEGER, quien adquiere y acepta para sí, el 33% de los derechos sociales de la cedente, equivalentes al 16,66% del capital social de la compañía, en el precio de $1.333.333.-, cantidad que se pagará en 3 cuotas iguales, bimensuales y sucesivas, ascendentes cada una de ellas a $444.445.-, venciendo la primera de ellas el 31 de marzo de 2019 y la última el 31 de julio de 2019. Con el expreso ánimo de novar la obligación precedentemente referida, la cesionaria ha entregado al cedente, con anterioridad a esta fecha, un pagaré por los montos y a los vencimientos ya indicados, título de crédito en virtud de los cuales las partes entienden íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos, renunciando la parte cedente a las acciones resolutorias. B.- Don CHRISTIAN JAVIER DODDS SALAZAR cede y transfiere a doña BARBARA CONSTANZE DODDS SEEGER, quien adquiere y acepta para sí, el 33% de los derechos sociales de la cedente, equivalentes al 16,66% del capital social de la compañía, en el precio de $1.333.333.-, cantidad que se pagará en 3 cuotas iguales, bimensuales y sucesivas, ascendentes cada una de ellas a $444.445.-, venciendo la primera de ellas el 31 de marzo de 2019 y la última el 31 de julio de 2019. Con el expreso ánimo de novar la obligación precedentemente referida, la cesionaria ha entregado al cedente, con anterioridad a esta fecha, un pagaré por los montos y a los vencimientos ya indicados, título de crédito en virtud de los cuales las partes entienden íntegramente pagado el precio de la cesión de derechos, renunciando la parte cedente a las acciones resolutorias. Como resultado de modificación extractada, son socios de DODDS Y COMPAÑÍA LIMITADA o DODDS ABOGADOS LTDA. las siguientes personas con la participación social que en cada caso se indica: A.- Don CRISTIAN RODRIGO DODDS ROSAS, titular del 33,33% de los derechos sociales; B.- Don CHRISTIAN JAVIER DODDS SALAZAR, titular del 33,34% de los derechos sociales; C.- Doña BARBARA CONSTANZE DODDS SEEGER, titular del 33,33% de los derechos sociales. En lo no modificado por escriura extractada conserva su vigencia el pacto social constitutivo. Osorno, 1 de marzo de 2019.