MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA

RUT 76923661-9 CVE 1557484
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
19 de febrero de 2019

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2019
Notario
FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES
Domicilio
y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA socio 76923661-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER MUÑOZ FLORES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt N° 305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 7.063.030-3, doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, colombiana, soltera, odontóloga, C.I. para extranjeros N° 21.924.786-9, don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE, chileno, casado, tecnólogo en acuicultura, C.I. N° 10.266.578-3, y doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, chilena, casada, empresaria, C.I. N° 11.501.993-7, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín N° 734, comuna y ciudad de Villarrica, modificaron ACUÍCOLA E INVERSIONES NALCAHUE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.923.661-9, inscrita a Fojas 84 número 57 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2018. La modificación social consistió en el aumento del capital social de $3.000.000 a la suma de $178.922.963. Este aumento de capital se aporta, entera y paga por parte de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, mediante la reinversión que efectúan del 51,48%, 0,52%, 33,6% y 14,4%, respectivamente, de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y en los derechos de aprovechamiento de aguas que poseen en comunidad, bienes que se aportan como inmuebles y como derechos de aprovechamiento de aguas propiamente tal, atendido que en conjunto los socios reúnen el 100% de los derechos de propiedad o cuotas de dominio que sobre ellos recaían, y que se singularizan desde el literal i) hasta el numeral xxiii) del numeral tres de la cláusula segunda de la escritura extractada, y cuyo valor total asciende a la suma de $175.922.963. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula octava de los estatutos sociales y reemplazarla íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO OCTAVO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $178.922.963, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don GERMÁN PABLO MALIG LANTZ aporta, entera y paga la suma de $92.035.141, y que representan el 51,44% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.470.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $90.565.141, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; Dos.- Doña MARÍA ISABEL SILVA OCHOA aporta, entera y paga la suma de $944.799, y que representan el 0,53% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $30.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $914.799, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; Tres.- Don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE aporta, entera y paga la suma de $60.160.116, y que representan el 33,62% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $1.050.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $59.110.116, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad o cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales; y, Cuatro.- Doña MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ aporta, entera y paga la suma de $25.782.907, y que representan el 14,41% del total de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) con la suma de $450.000, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y b) con la suma de $25.332.907, que paga mediante el aporte en dominio de los derechos de propiedad y cuotas de dominio en los bienes raíces y derechos de aprovechamiento de agua que se singularizan en el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales.”; y, modificar el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales y reemplazarlo íntegramente por el que, extractado en sus partes pertinentes, es del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: Los inmuebles y derechos de aprovechamiento de agua que los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ, aportan en un valor total de $175.922.963, según da cuenta la cláusula octava de los estatutos sociales, son los que a continuación se singularizan: i) Lote B del inmueble denominado Entre Ríos, ubicado en el lugar Chesque Alto, comuna de Villarrica, de una superficie de una coma dieciocho hectáreas. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 344-60, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $922.859, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $9.322, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $602.332 , y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $258.142, todo de común acuerdo por los socios y que totaliza el monto de $1.792.655; ii) Inmueble denominado Lote Dieciocho guión B guión Dos, de una superficie aproximada de quince mil metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Putúe, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 301-457, de la comuna de Villarrica. Los derechos de domino del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $12.601.080, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, en $127.284, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $8.224.481, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $3.524.778, todo de común acuerdo por los socios y que totaliza la suma de $24.477.622; iii) Inmueble denominado Parcela Ocho guión B, de una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 557-100, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $9.523.361, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $96.196, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $6.215.713, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $2.663.877, todo de común acuerdo por los socios, lo cual totaliza la suma de $18.499.147; iv) Inmueble denominado Lote Doce guión Tres, de dieciséis mil treinta y cinco coma treinta y nueve metros cuadrados de superficie, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. Dicho Lote es producto de la fusión de los siguientes inmuebles rurales: a) Parcela Número doce, de una superficie de nueve mil trescientos veintinueve coma cincuenta y un metros cuadrados; y, b) Lote Tres, de una superficie de seis mil setecientos cinco coma ochenta y ocho metros cuadrados. El Rol de Avalúo del inmueble fusionado es el N° 307-477, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $27.413.990, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $276.909, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $17.892.581, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $7.668.249, todo de común acuerdo por los socios, lo cual totaliza el monto de $53.251.729; v) Inmueble denominado Lote Dos, de una superficie de cinco mil uno coma cero metros cuadrados, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en el lugar Molco, de la comuna de Villarrica. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 307-478, de la comuna de Villarrica. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $8.044.174, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $81.254, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $5.250.277, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $2.250.119, todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $15.625.824; vi) Inmueble denominado Lote Dos guión B, de setenta y tres mil ciento treinta y tres coma diez metros cuadrados de superficie, resultante de la subdivisión del lote Dos, de mayor extensión, que a su vez proviene de la subdivisión de la hijuela “El Porvenir”, ubicado en la comuna de Pitrufquén. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 398-116, de la comuna de Pitrufquén. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $19.316.802, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $195.119, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $12.607.703, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $5.403.301 , todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $37.522.926; vii) Inmueble denominado Lote Dos guión A, de doscientos diecisiete mil ciento noventa y dos coma veinte metros cuadrados de superficie, resultante de la subdivisión del resto que queda de la hijuela “El Porvenir”, ubicado en la comuna de Pitrufquén. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 398-109, de la comuna de Pitrufquén. Los derechos de dominio del socio GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, son avaluados en la suma de $12.742.875, los derechos de la socia MARÍA ISABEL SILVA OCHOA en $128.716, los derechos del socio don CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE en $8.317.028, y los derechos de la socia MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ en $3.564.441, todo de común acuerdo por los socios, lo que totaliza la suma de $24.753.060; viii) Derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales por cero coma cinco metros cúbicos por segundo, de los cuales cero coma ciento treinta y cinco metros cúbicos por segundo serán de ejercicio permanente y continuo y cero coma trescientos sesenta y cinco metros cúbicos por segundo de ejercicio eventual y continuo, en el estero Putúe, afluente izquierdo del Río Toltén, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; ix) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de ciento sesenta y cinco litros por segundo en un estero sin nombre, afluente del río Toltén, perteneciente a la hoya hidrográfica del río del mismo nombre, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; x) Derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes de ejercicio permanente y continuo del estero Molco, por un caudal de tres litros raya segundo, de uso consuntivo y por cincuenta y siete litros raya segundo de uso no consuntivo, Provincia de Cautín, Novena Región. El estero Molco es afluente del lago Villarrica, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xi) Derecho de aprovechamiento no consuntivo, de ejercicio permanente y discontinuo desde Mayo a Septiembre, ambos meses incluidos, de aguas superficiales y corrientes, por diez litros por segundo sobre una vertiente sin nombre, ubicada en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. La vertiente sin nombre es afluente del estero Nalcahue, el cual es afluente del rio Chesque en la Hoya hidrográfica del rio Valdivia. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xii) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por un litro por segundo en una vertiente sin nombre, perteneciente a la hoya hidrográfica del Río Toltén, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xiii) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de ejercicio permanente y continuo de aguas superficiales y corrientes, por treinta litros por segundo de una vertiente sin nombre número uno, por doce litros por segundo de una vertiente sin nombre número dos y por cincuenta y cinco litros por segundo de una vertiente sin nombre número tres, ubicada en la comuna de Pucón, Provincia de Cautín, IX Región. Las vertientes sin nombre son afluentes del río Carhuello, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xiv) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes, por trescientos litros por segundo de ejercicio permanente y continuo, en cada una de las dos vertientes sin nombre, ubicadas en la Provincia de Cautín, IX Región. Las vertientes sin nombre son afluentes del río Carhuello, que pertenece a la cuenca del río Liucura, dentro de la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xv) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por doscientos litros por segundo en un estero sin nombre, afluente a un estero sin nombre conocido como Putue, afluente al río Toltén, perteneciente a la hoya hidrográfica del mismo nombre, ubicado en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, IX Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xvi) Derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes por ciento veinte litros por segundo de ejercicio permanente y continuo, del estero Chehuilco, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. El estero Chehuilco es afluente del estero Mólco y éste es afluente del Lago Villarrica, en la hoya hidrográfica del río Toltén. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xvii) Derecho de aprovechamiento consuntivo, por un caudal de diecinueve coma cuatro litros por segundo y un volumen total anual de seiscientos once mil setecientos noventa y ocho coma cuatro metros cúbicos, de ejercicio permanente y continuo, de aguas subterráneas de un pozo profundo, localizado en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xviii) Derechos de aprovechamiento no consuntivos por los caudales cuya distribución mensual expresadas en litros por segundo se indica, sobre las aguas superficiales y corrientes de los esteros Nalcahue y Los Quiques, formadores del río Chesque, en la hoya hidrográfica del río Valdivia, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xix) Derecho de aprovechamiento de aguas no consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, y de ejercicio eventual y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes del rio Chesque, afluente del río Cruces, en la hoya hidrográfica del río Valdivia, Provincia de Cautín, Novena Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xx) Derecho de aprovechamiento sobre las aguas superficiales y corrientes del estero Putúe, comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, de uso no consuntivo. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xxi) Derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, del estero Molco, afluente del lago Villarrica, perteneciendo a la hoya hidrográfica del rio Toltén, en la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía, de uso no consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por caudales de treinta y un litros por segundo entre los meses de enero a abril, ambos meses inclusive y de noventa y cinco litros por segundo entre los meses de mayo a diciembre, ambos meses inclusive. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; xxii) Derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un volumen total anual de un millón ciento ochenta y dos mil seiscientos metros cúbicos, con un caudal máximo instantáneo de extracción de treinta y siete coma cinco litros por segundo, en la comuna de Pitrufquén, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios; y, xxiii) Derecho de aprovechamiento no consuntivo sobre aguas superficiales y corrientes de ejercicio permanente y continuo, por cinco metros cúbicos por segundo, correspondiente al punto número uno, parte de un derecho de diez metros cúbicos por segundo, en dos puntos, del río Toltén, comuna de Pitrufquen, Provincia de Cautin, Novena Región. Los derechos de dominio de los socios GERMÁN PABLO MALIG LANTZ, MARÍA ISABEL SILVA OCHOA, CRISTIAN IVÁN RUIZ BUSTAMANTE y MÓNICA ELIANA EBNER RODRÍGUEZ son avaluados en la suma de cero peso, de común acuerdo por los socios”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Villarrica, 19 febrero 2019.