MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LEE & YIM LIMITADA

RUT 76090423-6 CVE 1557074
Fecha instrumento
4 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de marzo de 2019
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Abogado, Notario Público titular Cuadragésima Notaría de Santiago, oficio Teatinos 332. CERTIFICA: Por escritura pública de 04.03.2019, otorgada ante mí, GU YANG LEE, SUN JA YIM, JU YOO LEE, CHEONG YOO LEE y MIN JI CHOI, todos con domicilio en Av. Perú 602, departamento 1001, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, denominada “LEE & YIM LIMITADA”, nombre de fantasía “IMPORTADORA AMAREE LTDA.”, RUT 76.090.423-6, constituida por escritura pública otorgada en la notaria de Santiago de don Juan Luis Saiz del Campo el 28 de diciembre de 2009, el extracto de dicha escritura de constitución se inscribió a fojas N° 64.043, N° 45.013 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 05 de enero de 2010, la que no ha sufrido modificaciones a la fecha. La sociedad se modifica siguiente forma: Conforme a sus estatutos, la sociedad “LEE & YIM LIMITADA” tiene actualmente cuatro socios; don GU YANG LEE, con el 50% del interés social; doña SUN JA YIM, con el 25% del interés social; don JU YOO LEE, con el 15% del interés social; y don CHEONG YOO LEE, con el 10% del interés social. Por el presente instrumento, don GU YANG LEE, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad, equivalente 50% del interés social, a don CHEONG YOO LEE; doña SUN JA YIM, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad, equivalente 25% del interés social, a don CHEONG YOO LEE; don JU YOO LEE, vende, cede y transfiere derechos en la sociedad, equivalente 5% del interés social, a don CHEONG YOO LEE; y don JU YOO LEE, vende, cede y transfiere derechos en la sociedad, equivalente 10% del interés social, a doña MIN JI CHOI, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí. El precio de la cesión y venta es de $9.000.000, que don CHEONG YOO LEE paga a don GU YANG LEE la suma de $5.000.000; don CHEONG YOO LEE paga a doña SUN JA YIM la suma de $2.500.000; don CHEONG YOO LEE paga a don JU YOO LEE la suma de $500.000; doña MIN JI CHOI paga a don JU YOO LEE la suma de $1.000.000, cantidades pagadas al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de los cedentes, otorgando el correspondiente finiquito. En virtud de lo anterior, se retiran como socios de la sociedad “LEE & YIM LIMITADA”, don GU YANG LEE, doña SUN JA YIM, y don JU YOO LEE, y se incorpora doña MIN JI CHOI. Como consecuencia de la cesión, quedan como únicos socios de la sociedad “LEE & YIM LIMITADA”, don CHEONG YOO LEE, con un 90% de los derechos sociales; y doña MIN JI CHOI, con un 10% de los derechos sociales. Los cedentes declaran no tener cargo alguno en contra de la sociedad, ni de los socios que quedan en ella, esto es, don CHEONG YOO LEE y doña MIN JI CHOI, quienes también declaran no tener cargo alguno respecto a la cedente, en virtud de la cesión de derechos que por este acto se efectúa, otorgándose amplio, total y completo finiquito. Los socios de la sociedad continúan limitando su responsabilidad personal de los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá a don CHEONG YOO LEE y a doña MIN JI CHOI, quienes actuando en forma conjunta o separada e indistintamente y anteponiendo o posponiendo la razón social a su firma personal, la representarán con las más amplias facultades, gozando de las facultades otorgadas en la cláusula CUARTO de la escritura social, cesando la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de los socios que se retiran don GU YANG LEE y don JU YOO LEE. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social original. SANTIAGO, a 04 de marzo de 2019.