INGENIERIA Y CONSTRUCCION CYPERMERC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2019
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41a Notaría
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público, 41a Notaría, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, JUAN PEDRO LUIS VALLE CERON, MARIA MERCEDES CERON ROJAS, y ISABEL PEREZ BARRERA, todos domiciliados para estos efectos en calle Sotero del Rio número trescientos veintiséis, oficina cuatrocientos nueve, comuna y ciudad de Santiago. Los comparecientes, JUAN PEDRO LUIS VALLE CERON y MARIA MERCEDES CERON ROJAS, son socios en la sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCCION CYPERMERC LIMITADA, constituida mediante escritura pública de fecha veintidós de abril del año dos mil nueve, otorgada ante el notario público don Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a fojas 16.910, número 11.267 Registro de Comercio del año 2009 del CBR de Santiago y publicado en el Diario Oficial de fecha veintidós de abril del año dos mil nueve. Capital social $1.000.000. Por el presente instrumento el socio compareciente don JUAN PEDRO LUIS VALLE CERON, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos, acciones y participación en el capital social a ISABEL PEREZ BARRERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma $1.000.000, que paga al cedente en éste acto, declarando este último recibir el precio a su entera conformidad en este acto y al contado. Como consecuencia de las cesión de derecho antes señaladas, quedan como únicos socios de INGENIERIA Y CONSTRUCCION CYPERMERC LIMITADA, doña ISABEL PEREZ BARRERA con una participación de un 99% del capital o haber social, y doña MARIA MERCEDES CERON ROJAS, mantiene un porcentaje de 1% de participación social en el capital o haber social. Los actuales socios de “INGENIERIA Y CONSTRUCCION CYPERMERC LIMITADA”, modifican la cláusula Quinta del pacto social constitutivo relativa a la ADMINISTRACIÓN, representación y uso de la razón social la que corresponderá única y exclusivamente a la socia ISABEL PEREZ BARRERA, quien estará facultada de cada una de las facultades allí descritas y otorgadas en el pacto social constitutivo, todas las cuales se dan por expresamente reproducidas una a una en esta ocasión a favor de la nueva representante de la sociedad, ya individualizada. En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigente cláusulas del pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 11 de febrero de 2019.