DR. PEDRO SOTO GAJARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de febrero de 2019
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- - Santiago
- Duración
- tres años contados desde fecha escritura, plazo que se prorrogará tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen inscripción sociedad Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período correspondiente
Objeto social
la prestación de servicios profesionales médicos, sea directamente a los beneficiarios y)o pacientes, o a través de convenios con corporaciones o instituciones relacionadas con la salud; así como también, la instalación y atención de consultorios, clínicos u otros relacionados con la prestación de servicios y asesorías en la salud en general; y cualquier otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLILIA SIERRA MEJIA, abogado, Notario Suplente de don GONZALO HURTADO MORALES, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo 4943, certifico: Por escritura fecha 13 Febrero 2019, ante titular, PEDRO PABLO MIGUEL SOTO GAJARDO, ROBERTO ALEJANDRO SOTO GAJARDO, y NANCY ALEJANDRA GAJARDO MARIN, todos Los Prados 259, Alto El Manzano, Til Til; constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes.- Objeto: la prestación de servicios profesionales médicos, sea directamente a los beneficiarios y/o pacientes, o a través de convenios con corporaciones o instituciones relacionadas con la salud; así como también, la instalación y atención de consultorios, clínicos u otros relacionados con la prestación de servicios y asesorías en la salud en general; y cualquier otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden.- Razón social: ”DR. PEDRO SOTO GAJARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar con nombre fantasía “PEDRO SOTO G. Y CIA. LTDA”.- Administración, representación y uso razón social corresponderá exclusivamente a PEDRO PABLO MIGUEL SOTO GAJARDO, con las más amplias facultades.- Capital: $1.000.000.- socios aportan siguientes proporciones: a) PEDRO PABLO MIGUEL SOTO GAJARDO, el 46%, del capital y derechos sociales, vale decir, $460.000; b) ROBERTO ALEJANDRO SOTO GAJARDO, el 27%, del capital y derechos sociales vale decir, $270.000; y c) NANCY ALEJANDRA GAJARDO MARIN, el 27%, del capital y derechos sociales vale decir, $270.000; todos los aportes pagados de contado e ingresados a caja social.- Domicilio.- Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales otros puntos país o extranjero.- Plazo: tres años contados desde fecha escritura, plazo que se prorrogará tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen inscripción sociedad Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada.