AGUIRRE Y BONTEMPI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 17 de enero de 2019, ante mí: don GONZALO AGUIRRE GONZÁLEZ, cédula de identidad número 14.282.712-3, con domicilio en Condominio Piedras Rojas, Los Quillayes N° 23, comuna de Colina, Región Metropolitana; don DANIEL JAVIER BONTEMPI FERNÁNDEZ, cédula de identidad número 13.040.463-4, domiciliado en Avenida Vitacura N° 5560, departamento N° 220, comuna de Vitacura; y doña PAMELA SOFÍA ALARCÓN WEBAR, cédula de identidad número 14.167.136-7, domiciliada en Condominio Piedras Rojas, Los Quillayes N° 23, comuna de Colina, Región Metropoli tana, modificaron el capital de sociedad de responsabilidad limitada “AGUIRRE Y BONTEMPI LIMITADA”, disminuyéndolo a la suma única y total de dos millones de pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. De esta forma, la cláusula de capital queda en los siguientes términos: “El capital de la sociedad corresponde a la suma única y total de dos millones de pesos, íntegramente suscrito y pagado, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: Uno) don Gonzalo Aguirre González, aporta la suma de setecientos cuarenta y dos mil cuatrocientos veinticuatro pesos, equivalente al treinta y siete coma doce por ciento de los derechos sociales, aporte que se encuentra íntegramente enterado en la caja social. Dos) don Daniel Javier Bontempi Fernández, aporta la suma de un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, aporte que se encuentra íntegramente enterado en la caja social. Tres) doña Pamela Sofía Alarcón Webar, aportó la suma de doscientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y seis pesos, equivalente al doce coma ochenta y ocho por ciento de los derechos sociales, aporte que se encuentra íntegramente enterado en la caja social.” Demás estipulaciones se mantienen inalterables. Santiago 22 de febrero de 2019.