Transportes Soto y Garrido Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2019
- Notario
- GUILLERMO VALENZUELA LEON
- Oficio
- titular de la 3 notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales
Administración
Los socios acuerdan que la administración de la sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios de manera individual e indistinta, en forma señalada escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEON, Abogado, Notario Público, suplente del titular de la 3 notaría de Santiago, don GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 3.425 Estación Central,, certifica: Por escritura de hoy ante mí Ana María Isabel Soto Seves, domiciliada René Olivares Becerra número 2725, Villa Los Héroes, Maipú y Jorge Alejandro Garrido Moya, domiciliado Camino a Lonquen número 11.882 ex Parcela número Uno, comuna de San Bernardo, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social “Transportes Soto y Garrido Limitada” o “Chile Turismo Limitada”. Domicilio social: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales y en otros puntos del país o extranjero. Objeto sociedad: Será el transporte urbano y rural privado de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; la administración y explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios, y en general, toda actividad relacionada que los constituyentes determinen. Administración: Los socios acuerdan que la administración de la sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios de manera individual e indistinta, en forma señalada escritura. Capital: $8.000.000.-La socia doña ANA MARÍA ISABEL SOTO SEVES aporta 50% del capital social equivalente a $4.000.000. al contado en dinero en efectivo, recibido por la sociedad a su entera satisfacción, el socio don JORGE ALEJANDRO GARRIDO MOYA aporta el 50% del capital social equivalente a 4.000.000. al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: 5 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 06-02-2019.