SOCIEDAD DE SERVICIOS PUBLICITARIOS ANGOSTURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2019
- Notario
- CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- San Pedro de la Paz
- Duración
- 5 años desde fecha escritura social, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término, según fórmula establecida cláusula pertinente
Objeto social
La prestación de servicios publicitarios, asesoría mediática de eventos, y cualquier actividad que se relacione con las anteriores. Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios, ya sea de manera conjunta o indistinta y separadamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en O’Higgins N°820, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Febrero de 2019, Rep.Nº1083, ante mí, MARCELO HERIBERTO ORTIZ TRONCOSO y BENJAMÍN ANDRÉS WEISSGLAS ANDRADE, ambos domiciliados en calle Lota Nº101, comuna San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; razón social: “Sociedad de Servicios Publicitarios Angostura Limitada”, nombre de fantasía “Angostura Ltda.”.- Objeto: La prestación de servicios publicitarios, asesoría mediática de eventos, y cualquier actividad que se relacione con las anteriores. Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios, ya sea de manera conjunta o indistinta y separadamente.- Capital: $1.000.000 de los cuales Marcelo Heriberto Ortiz Troncoso aporta la suma de $500.000 en dinero efectivo, pagados y enterados en caja social; y Benjamín Andrés Weissglas Andrade aporta la suma de $500.000 en dinero efectivo, pagados y enterados en caja social.- Responsabilidad: Limitada al monto de los respectivos aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura social, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término, según fórmula establecida cláusula pertinente.- Domicilio: San Pedro de la Paz.- Otras estipulaciones escritura social extractada.- Concepción, 04 de Marzo de 2019.