INVERSIONSES GRENOBLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2019
- Repertorio
- 1241-2019
- Notario
- ROBERTO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.070.000.000 CLP
Administración
i) Reemplazar la parte de dicha cláusula que señala “La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá sin ninguna limitación a don Juan Sebastián Mackenna Íñiguez”, por lo siguiente “La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá sin ninguna limitación a doña Elena Josefina Isidora del Pilar García-Huidobro Echenique”; ii) Reemplazar la letra g) por lo siguiente: “g) Administración en caso de fallecimiento o incapacidad. En el evento de que el administrador antes mencionado falleciere o estuviere imposibilitado de administrar, lo cual deberá ser acreditado fehacientemente con el certificado de defunción correspondiente o un certificado de un médico, que deberá ser nombrado de consuno por el resto de los socios y que acredita la imposibilidad de administrar, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá a Inversiones 4H Limitada, quien anteponiendo su firma a la razón social, representara a la sociedad con las mismas facultades del administrador fallecido o imposibilitado, entendiéndose reproducidas todas las facultades anteriores y sin que dicha numeración sea taxativa”. En todo lo no modificado expresamente por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliado en, Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 4 de febrero de 2019, Repertorio N° 1.241-2019 ante mí, INVERSIONES 4H LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliada en Miraflores 222 Piso 28, Santiago, ELENA JOSEFINA ISIDORA DEL PILAR GARCÍA-HUIDOBRO ECHENIQUE, viuda, domiciliada en Los Tuliperos Sur 13129, Las Condes, y en calidad de herederos de don JUAN SEBASTIÁN MACKENNA ÍÑIGUEZ, los señores: JUAN FRANCISCO MACKENNA GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliado en Camino Turístico 11339, Lo Barnechea, MATÍAS JOSÉ MACKENNA GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliado en La Capellana 1788, Lo Barnechea, SEBASTIÁN ANDRÉS MACKENNA GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliado en Fray Bernardo 12.821, Las Condes, MARÍA DEL PILAR MACKENNA GARCÍA-HUIDOBRO domiciliada en Los Tuliperos Sur 13129, Las Condes, en adelante la “Comunidad Hereditaria”, modificaron la sociedad INVERSIONSES GRENOBLE LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 32.039, número 16.198 del registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1988, en la siguiente forma: Primero. Se deja constancia que con fecha 5 de febrero de 2017, según consta en certificado de defunción inscrito bajo el número 154 de la circunscripción de Talca, falleció intestado don Juan Sebastián Mackenna Íñiguez. Segundo. Consecuencia de la celebración del contrato de compraventa y cesión de derechos, detallado en la escritura extractada, la Comunidad Hereditaria vendió, cedió y transfirió la totalidad de su participación en la Sociedad a Inversiones 4H Limitada, quedando como únicos socios de la Sociedad Inversiones 4H Limitada y Elena Josefina Isidora del Pilar García-Huidobro Echenique. Tercero. Producto de lo anterior, se acordó realizar las siguientes modificaciones a los estatutos de la Sociedad: Uno. Modificar el artículo sexto de los estatutos de la Sociedad y reemplazarlo por el siguiente: “SEXTO. CAPITAL. El capital de la sociedad es la cantidad de $2.070.000.000, que los socios han suscrito y pagado en la siguiente forma y proporciones: A/ La socia doña Elena Josefina Isidora del Pilar García-Huidobro Echenique ha suscrito la cantidad de $558.900.000, íntegramente pagados, equivalentes al 27% de los derechos sociales; y B/ el socio Inversiones 4H Limitada la cantidad de $1.511.100.000, íntegramente pagados, equivalentes al 73% de los derechos sociales”; Dos. En la Cláusula Octava de los estatutos de Grenoble relativa a la administración y uso de la razón social: i) Reemplazar la parte de dicha cláusula que señala “La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá sin ninguna limitación a don Juan Sebastián Mackenna Íñiguez”, por lo siguiente “La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá sin ninguna limitación a doña Elena Josefina Isidora del Pilar García-Huidobro Echenique”; ii) Reemplazar la letra g) por lo siguiente: “g) Administración en caso de fallecimiento o incapacidad. En el evento de que el administrador antes mencionado falleciere o estuviere imposibilitado de administrar, lo cual deberá ser acreditado fehacientemente con el certificado de defunción correspondiente o un certificado de un médico, que deberá ser nombrado de consuno por el resto de los socios y que acredita la imposibilidad de administrar, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá a Inversiones 4H Limitada, quien anteponiendo su firma a la razón social, representara a la sociedad con las mismas facultades del administrador fallecido o imposibilitado, entendiéndose reproducidas todas las facultades anteriores y sin que dicha numeración sea taxativa”. En todo lo no modificado expresamente por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2019.- ROBERTO CIFUENTES ALLEL. NOTARIO PÚBLICO.-