MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones y Servicios Licancabur Limitada

RUT 77279320-0 CVE 1556540
Capital
$71.000 CLP
Fecha instrumento
29 de enero de 2019

Instrumento

Fecha
29 de enero de 2019
Repertorio
27425
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34 notaría de Santiago

Sociedad

Capital
$71.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inversiones y Servicios Licancabur Limitada socio 77279320-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, notario público titular de la 34 notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 29 de enero de 2019, ante mí, Alejandro Albertini Eberl y Álvaro Buzeta Abt, ambos domiciliados en calle El Gobernador Nº 20, oficina 301, comuna de Providencia, Santiago, en su calidad de únicos socios en la sociedad Inversiones y Servicios Licancabur Limitada, RUT Nº 77.279.320-0, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 5.186, Nº 4.152, correspondiente al año 1999, rectificaron la escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2003, otorgada en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash bajo el repertorio Nº 27.425, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 29.296, Nº 21.997, correspondiente al año 2003, en el sentido de establecer que el capital de la sociedad luego del aumento de capital acordado en esta última escritura no asciende a $71.000.000 sino que a $102.500.000, y que la diferencia entre ambas sumas, por $31.500.000, fue aportada íntegramente por el socio Alejandro Albertini Eberl. De esta forma, el capital de la sociedad, ascendente a la referida cantidad de $102.500.000, quedó totalmente pagado por los socios de la siguiente manera: Alejandro Albertini Eberl: $67.000.000, representativos del 65,37% del capital social, aproximadamente, y Álvaro Buzeta Abt, $35.500.000, representativos del 34,63% del capital social, aproximadamente. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de febrero de 2019. Eduardo Javier Diez Morello, notario público titular.