INVERSIONES MGC SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2019
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
“El objeto de la sociedad será: la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentar, formar parte y constituir otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas”
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a don JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las facultades establecidas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico, que por escritura publica de fecha 12 de Febrero de 2019, otorgada ante mí, don JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL domiciliado en calle San Antonio número 378, oficina número 802, comuna y ciudad de Santiago y doña ANA MARÍA HORMAZÁBAL ZAVALA, domiciliada en el Vergel número 2.850, departamento 703, comuna de Providencia, Santiago; modificaron los estatutos de “INVERSIONES MGC SpA”, inscrita a fojas 83.807, número 51.123 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014, en el siguiente sentido: 1) a) COMPRAVENTA DE ACCIONES: JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL, vendió, cedió y transfirió a ANA MARÍA HORMAZÁBAL ZAVALA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, 100 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que representan el 10% del total de las acciones de la sociedad. El precio de la venta de acciones fue la suma única y total de $100.000.-, pagados en el acto, de contado y en dinero en efectivo. - b) Conforme al traspaso de acciones precedente, quedan como accionistas de INVERSIONES MGC SpA: don JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL, con 900 acciones que representan el 90% del total de las acciones de la sociedad y doña ANA MARÍA HORMAZÁBAL ZAVALA, con 100 acciones que representan el 10% del total de las acciones de la sociedad. 2) TRANSFORMACIÓN SOCIAL: Los únicos y actuales socios acuerdan transformar INVERSIONES MGC SpA, en una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, que se regirá por sus estatutos, y en lo no contemplado por éste, por la ley 3.918 y sus modificaciones, así como por las normas del Codigo de Comercio y Civil que resulten aplicables, conforme se indica en la escritura extractada.- Razón social: "INVERSIONES MGC LIMITADA”.- Objeto: “El objeto de la sociedad será: la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentar, formar parte y constituir otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas” Domicilio: Santiago. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo. - Capital: $1.000.000.- el que se paga de la siguiente manera: (i) don JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL, por sí y en su calidad de empresario unipersonal, aporta la suma de $900.000, que equivale a un 90% del total de los derechos sociales, integramente pagados e ingresados en arcas sociales según escritura extractada. (ii) doña ANA MARÍA HORMAZÁBAL ZAVALA, aporta la suma de $100.000, que equivale a un 10% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales según escritura extractada. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a don JUAN ANDRES CRISTI HORMAZABAL, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las facultades establecidas en escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 de Febrero de 2019.