SOLUCIONES ECOLÓGICAS Y MEDIO AMBIENTALES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Notario
- lch Parra
- Domicilio
- Paillaco
Sociedad
- Capital
- $488.680.122 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalConrad Zülch Parra, Notario Público Paillaco, certifico que don Jorge Manzano Nahuelpán, Abogado, domiciliado para estos efectos en calle Pérez Rosales N°1167, de la ciudad de Paillaco, con fecha 29 de enero de 2019 redujo a escritura pública acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SOLUCIONES ECOLÓGICAS Y MEDIO AMBIENTALES S.A. o ECOSOLUCIÓN S.A., celebrada con fecha 25 de enero de 2019, en la cual se acordó: Uno.- Aumentar el capital de la sociedad, de la cantidad de $488.680.122.- dividido en 119.916 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $705.930.651.- dividido en 264.769 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 144.853 nuevas acciones, de una misma serie y sin valor nominal, y al efecto reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la sociedad es la cantidad de setecientos cinco millones novecientos treinta mil seiscientos cincuenta y un pesos, dividido en doscientos sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y nueve acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal.” Dos.- Eliminar el actual artículo primero transitorio de los estatutos por haber perdido su actualidad y establecer en su reemplazo el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- El capital de la sociedad, de setecientos cinco millones novecientos treinta mil seiscientos cincuenta y un pesos, dividido en doscientos sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y nueve acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, se entera y pagará como sigue: a) Con la cantidad de cuatrocientos ochenta y ocho millones seiscientos ochenta mil ciento veintidós pesos, dividido en ciento diecinueve mil novecientos dieciséis acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentra íntegramente suscritas y pagadas, y que corresponde al capital establecido en la escritura pública de constitución de la sociedad, cuya última modificación se realizó mediante Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha veintinueve de septiembre de dos mil quince, cuya acta fue reducida a escritura pública de fecha veintinueve de octubre de dos mil quince, otorgada en la Notaría de Paillaco de don Conrad Zülch Parra, en virtud de la cual se acordó aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de trescientos veinte millones quinientos catorce mil quinientos sesenta y siete pesos, dividido en treinta y cuatro mil ciento sesenta y una acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de quinientos diecisiete millones quinientos catorce mil seiscientos sesenta y seis pesos, dividido en ciento treinta y cuatro mil seiscientos veinte acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de cien mil cuatrocientos cincuenta y nueve nuevas acciones, de una misma serie y sin valor nominal, y al efecto reemplazar el artículo quinto de los estatutos. Se deja constancia que habiéndose cumplido el plazo establecido en la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, donde se acordó el aumento de capital de la empresa, sin que hayan suscrito ni pagado las 14.704 acciones por parte de la empresa Antu Ltda., que le correspondía como opción preferente, el capital se redujo de pleno derecho a las acciones derivadas del aumento efectivamente suscritas y pagadas, esto es, cuatrocientos ochenta y ocho millones seiscientos ochenta mil ciento veintidós pesos, dividido en ciento diecinueve mil novecientos dieciséis acciones ordinarias. b) Con la cantidad de doscientos diecisiete millones doscientos cincuenta mil quinientos veintinueve pesos, monto en que se aumenta el capital social, mediante la emisión de ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y tres nuevas acciones de pago que el Directorio queda facultado para emitir de una sola vez o en forma paulatina. Estas acciones deberán ser ofrecidas preferentemente a los accionistas de la sociedad, a prorrata de las que posean al quinto día hábil anterior a la fecha de publicación de la opción, a un precio no inferior a mil cuatrocientas noventa y nueve coma ochenta pesos cada una. Atendida la comparecencia a esta Junta Extraordinaria del cien por ciento de las acciones de la sociedad, todos los accionistas presentes se dan por notificados en este acto de la existencia de su derecho u opción preferente de suscripción de acciones de la nueva emisión a prorrata de las acciones que poseen a la fecha. Las acciones que no fueren suscritas serán vendidas a terceros por el Directorio a un precio no inferior a mil cuatrocientas noventa y nueve coma ochenta pesos, y el producto de estas ventas ingresará a la caja social. El Directorio queda ampliamente facultado para decidir sobre las demás situaciones, modalidades o detalles que puedan presentarse en relación al aumento del capital social a que se refiere el presente artículo transitorio. Tanto la emisión como la suscripción y el pago de las acciones representativas de este aumento de capital deberán llevarse a efecto dentro del plazo de dos meses contados desde la fecha de la presente junta.” En todo lo no modificado rige el pacto social primitivo. Paillaco, 29 de enero de 2019.