SOCIEDAD RADIODIFUSORA PARLOU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2019
- Notario
- Ivonne Pilar Elgueta Cancino
- Oficio
- Titular de la Segunda Notaría de Cauquenes
- Comuna
- Cauquenes
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIvonne Pilar Elgueta Cancino, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Cauquenes, don José Antonio Martínez Demandes, con oficio en calle Victoria número cuatrocientos cinco, certifico: por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2019, ante mí, LUIS OSCAR MAURICIO MUÑOZ FRIAS, chileno, soltero, cédula nacional de identidad número seis millones cuatrocientos nueve mil seiscientos sesenta y uno guión tres, domiciliado en calle San Ignacio numero quinientos setenta y ocho, comuna de Cauquenes, y doña PATRICIA ALEJANDRA ROJAS RAVANAL, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número catorce millones cincuenta y seis mil quinientos noventa y tres guion ocho, domiciliada en pasaje Juan León Casas Cordero numero mil cuatrocientos noventa y siete, villa Doña Delfina, Cauquenes, convinieron en constituir la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD RADIODIFUSORA PARLOU LIMITADA”, nombre de fantasía es “FM Géminis Ltda.” Socios hacen presente que el capital social asciende a $10.000.000.- La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Cauquenes, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en Chile o en el extranjero. Durará indefinidamente a contar de la fecha de constitución y el objeto de la sociedad será la obtención, explotación, comercialización, prestación de servicios de telecomunicaciones, cualquiera de sus formas sean efectuadas por radio, líneas telefónicas, satelitales, microondas o cualquiera forma, amparadas o no en concesiones publicas otorgadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones u otro organismo público o privado que tenga esta competencia o facultad legal. Del mismo, se establece que en general el objeto de la sociedad incluirá todo tipo de servicios directa o indirectamente relacionados a las actividades anteriores y que acuerden los socios. En cuanto al capital social es la suma de diez millones de pesos, que los socios suscriben y pagan n partes iguales de cinco millones, correspondiéndoles igual participación en las pérdidas y las utilidades de la sociedad. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don LUIS OSCAR MAURICIO MUÑOZ FRIAS.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Cauquenes, 01 de Marzo del año 2019.